En la edición del Diario de Centro América de fecha 15 de mayo del corriente año, en la página 33, se publicó la sentencia del expediente número 1721-2004, en la cual, los integrantes de la Corte de Constitucionalidad emitieron su fallo ante la impugnación presentada por algunos abogados respecto del uso de los overoles color naranja por las personas privadas de libertad.
En aquel entonces, la acción legal fue planteada por los abogados ante la posibilidad que algunos de sus clientes y parientes, ex funcionarios de gobierno, pudieran ingresar a la cárcel y por obligación tuvieran que asistir a las diligencias judiciales vestidos con el overol anaranjado.
El uso de overol, fue reglamentado por la Dirección del Sistema Penitenciario para distinguir a las personas privadas de libertad de las personas comunes durante el tiempo en que estuvieran fuera de sus lugares de detención, he aquí el fundamento: «…todos los reos de los distintos centros de detención del país, irán a cualquier diligencia judicial, médica o de cualquier motivo, debidamente uniformados en prevención del delito para evitar posibles fugas y atentados, o sea, previendo por la seguridad ciudadana».
Pregunto a las autoridades del Ministerio de Gobernación: ¿Por cuál razón, motivo o circunstancia, no se cumple con lo estipulado y reglado por la Dirección del Sistema Penitenciario, en relación al uso de los overoles anaranjados? ¿Cuál razón se esgrime para no cumplir con lo reglado siendo derecho vigente?
La población guatemalteca, manifiesta «vox pópuli» que desea POR LO MENOS VER A LOS PíCAROS LADRONES DEL ERARIO NACIONAL VESTIDOS CON EL OVEROL ANARANJADO que los distingue en la sociedad como personas que AL FIN fueron sometidas al imperio de la Ley en el sentido de ser juzgados por sus actos ilícitos en detrimento de satisfactores sociales.
Ex presidentes, ex vice presidentes, ex ministros, ex viceministros, ex Secretarios Generales, ex alcaldes, ex directores generales, ex diputados/as y algunos de los actuales funcionarios gubernamentales merecen con sobrada razón ser juzgados por los delitos diversos por medio de los cuales se apropiaron y se apropian de los fondos públicos para convertirse en nuevos ricos, creyendo que con ello aseguran su ingreso a la burguesía y otros más ilusos todavía, se consideran «pichones de burgueses» cuando, repito, sólo son y serán sirvientes de la burguesía de abolengo, aunque en el pasado hayan autocalificado como «revolucionarios».
Es NECESARIO y URGENTE que a los protagonistas pasivos y activos de tantos robos, estafas, desfalcos, apropiaciones indebidas, hurtos, abusos de poder y de cuanta acción ilegal sean responsables, ya sean, civiles, militares o religiosos de cualquiera denominación, sean sometidos al imperio de la ley. OJ ALí.