Acción de inconstitucionalidad para buscar la suspensión provisional del acuerdo municipal a través del cual se viabiliza todos los avalúos que se han estado realizando por parte de la Municipalidad de Guatemala, entregaron en la Corte de Constitucionalidad los abogados Carlos Molina Mencos y Mario Fuentes Destarac.
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Destarac dijo que esperan que eventualmente la Corte de Constitucionalidad (CC) declare sin vigencia este acuerdo municipal en forma definitiva.
«La Municipalidad está evaluando a criterios de ella y no a criterios que le determine una ley y el manual en el que se está basando no está publicado y está cambiando la base tributaria, lo cual es facultad exclusiva del Congreso», puntualizó Molina Mencos.
Según criterio de los dos abogados, que empezaron a promover dicha acción, es el peor momento para estar empezando en hacer avalúos y generar un incremento en la carga tributaria de las personas y además se está haciendo de una forma arbitraria e ilegal.
Por ello están convencidos que se debe impugnar ese acuerdo municipal, que es irregular y anómalo, reiteraron.
Preocupación
Automáticamente al elevarse el valor fiscal de los inmuebles hay que pagar más tributo en concepto del Impuesto íšnico Sobre Inmuebles (IUSI), porque la Municipalidad de la capital está haciendo valuaciones impresionantes que son desproporcionadas, alegan.
Además no se están haciendo avalúos directos sino a juicio totalmente del valuador, pero sin ingresar a los inmuebles, sin establecer qué hay adentro de los inmuebles o comprobar si hay sembradíos, árboles o mejoras y eso es una violación a la misma ley del IUSI, reclamaron ambos.
«Toda norma legal debe estar debidamente regulada. La arbitrariedad, aunque sea justa, no debe ser aceptada jamás. Bajo esos principios es que estamos poniendo este recurso», indicó el abogado Carlos Molina Mencos.
Cuando se establece un impuesto, se grava el ingreso de las personas; por ejemplo, el impuesto sobre la renta, el consumo, las ventas, el IVA o el capital, ahí se conoce la capacidad de pago de la persona. Mientras que al gravar el capital no se puede conocer la capacidad económica del contribuyente, explicaron.
Desde el Congreso
El abogado y diputado Aníbal García dijo: «En este caso la acción de inconstitucionalidad me parece a mí importante que se discuta en el máximo órgano de control constitucional de Guatemala, si realmente las acciones del Alcalde se encuentran amparadas por la Constitución. Existe duda que sea así».
Comentó que habrá que esperar que los jueces constitucionales estudien los casos como corresponden y emitan valientemente fallos jurídicos y no políticos, porque lamentablemente cuando en muchos tribunales se plantean acciones en contra de autoridades que tienen mucho poder político, no prevalece lo legal.