Una barrera de exclusión marcada por un traje tí­pico


En ocasiones excepcionales las trabajadoras de casa particular obtienen un empleo por medio de un contrato escrito, que les garantice una relación laboral justa y digna.

Ligia Flores
lahora@lahora.com.gt

La mayorí­a de mujeres son contratada verbalmente y se desempeñan en sitios donde son ví­ctimas de violación a sus derechos laborales, empero, las trabajadoras indí­genas, además, están expuestas a la discriminación racial o étnica.

La mayorí­a de estos casos se desconocen porque habitualmente se concibe como «normal», que una trabajadora indí­gena de casa particular cambie su vestimenta, no hable en su idioma materno y sea tratada de manera «distinta» al grupo familiar que la emplea. Es hasta que finaliza la relación laboral que, muchas veces, entre lí­neas, se conocen algunas denuncias de discriminación racial.

Este es el caso de Marta, una mujer kackchiquel soltera de 43 años, que se acercó el 25 de mayo de este año a la Defensorí­a de la Mujer Indí­gena (Demi) para denunciar su despido injustificado y una deuda salarial. «Ella buscaba que se le pagaran sus prestaciones y un préstamo que la ex empleadora le pidió», comentó Azucena Socoy, de la Demi.

«Que me paguen los 19 dí­as trabajados y los Q150 que ella me debe», reclamó Marta ese dí­a. Ella es originaria de Totonicapán y no sabe leer ni escribir. Durante dos años vivió en el municipio de San Lucas Sacatepéquez, con una familia que la dejaba a dormir en una pequeña armazón de madera vieja, sin puerta; entre herramientas y baldes con ropa sucia.

«Si llegaba un animal o un delincuente con facilidad podí­a ser violentada y nadie la auxiliarí­a. No tení­a privacidad, porque debí­a bañarse en un tonel que estaba al lado de su choza, ya que tampoco se le dejaba ingresar al baño, para asearse», cuenta la representante de la Demi.

Delito improbable

Desde el 2002, el Código Penal contempla como delito la discriminación, en su artí­culo 202 bis, el cual establece que: «Se entenderá como discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil, o en cualquier otro motivo, razón o circunstancia, que impidiera o dificultare a una persona o grupo de personas o asociaciones, el ejercicio de un derecho legalmente establecido. Incluyendo el derecho consuetudinario o costumbre, de conformidad con la Constitución Polí­tica de la República de Guatemala y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos (…)».

Al igual que en cualquier caso, al investigar un delito de discriminación racial, el sistema de justicia solicita elementos de prueba, sin embargo, esta violación al derecho de la dignidad sucede en la cotidianidad de las trabajadoras de casa particular, por lo que las evidencias son difí­ciles de acreditar. Entonces son requeridos los testigos.

«Hay que convencer al Ministerio Público de que existe el delito, para que inicien la investigación, cuando en otras situaciones no se requiere de esto. La discriminación debemos probarla antes, porque si no, se dice que es un problema y se pide una conciliación y nada más», critica Xiomara Vásquez, asesora jurí­dica de la Comisión contra la Discriminación y el Racismo (Codisra).

Lo más probable en estas circunstancias es que no existan testigos presenciales de la discriminación y la denuncia sea desestimada. «Se requerirí­a de una grabadora, cámara o video que permitiera tener certeza de lo que alguien dijo o hizo. (?) Se vuelve muy difí­cil para la usuaria y para nosotras demostrarlo», asegura Socoy.

Otro problema que se enfrenta al juzgar esta violación, es que se hace una tipificación leve del mismo. «Lamentablemente, para que llegue al Ministerio Público, debe ir amarrado a otro delito», asegura la legista.

Cristian Otzin, asistente de la unidad jurí­dica de Codisra, indica que la pena máxima para alguien que comete el delito de discriminación es de tres años, pero no está claramente definido cuál es el bien jurí­dico que se afecta (el derecho que se protege), que en este caso se trata de la dignidad.

Según Vásquez, en los pocos casos que han llegado a juicio, han debido auxiliarse de peritajes culturales -un medio de prueba a través del cual un experto le amplí­a el conocimiento al juez sobre la cultura de la persona ofendida-.

En estos casos se le amplí­a al juez sobre los principios de la ví­ctima, sobre sus valores, para que tenga mayores conocimientos. Otizin advierte que este recurso tiene un costo de Q10 mil, que debe ser asumido por el MP, pero en ocasiones este se rehúsa y exige que la ví­ctima o la institución que respalda la denuncia, sea esta quien la sufrague.

«Los mecanismos y las formas para resolver este delito que plantea la legislación son difí­ciles, requieren de gran esfuerzo», recalcó Zocoy.

«La dignidad no es un derecho»

La falta de interés del sistema de justicia en el tema, el desconocimiento desde la misma ví­ctima, y de la población, -que a criterio de los entrevistados, sino en 100, un 90% es discriminadora- choca con el reconocimiento de la dignidad como un derecho.

«Generalmente los operadores de justicia nos manifiestan que la dignidad no es un bien jurí­dico tutelado, cuando internacionalmente está reconocido como tal; por lo que justifican que no hay un derecho violentado», indica Vásquez

Otra excusa que hacen los juzgadores es que no hay una relación de poder, por lo que no puede darse la discriminación, sin embargo, este tipo penal no exige una relación de poder.

«Hay una gran carga de discriminación y racismo histórico, que hace que muchas veces quede a discreción de cada operador de justicia, la forma en que el delito será tipificado», recalcó Socoy.

Vásquez afirma que se han hecho varios trabajos de sensibilización, entre ellos, diplomados con el colegio de abogados, «pero el tema no es de su interés. Muchas veces llegan los del colegio, solo por ampliar el currí­culo», manifestó.

Ni una palabra

Muchas ví­ctimas de discriminación racial no se atreven a denunciar por miedo a las burlas, las represalias, los gastos económicos y por el deterioro fí­sico que conlleva el proceso, principalmente.

Marta por ejemplo, toleró durante dos años al esposo de la empleadora que la sacaba de la casa, le pedí­a a gritos y con insultos que se fuera, porque no la querí­a ver, pero ella no lo hizo debido a que requerí­a del trabajo. Las palabras que generalmente usaba contra ella eran: «No serví­s para nada, sos una sucia, bañate, debes agradecer la oportunidad que te da la familia para tener un recurso económico», según el testimonio registrado en la Demi.

Además, existe mucho temor a las burlas. «Si las ví­ctimas se atreven a iniciar un proceso, pero no lo ganan, existe el temor al qué dirán después», dice Gloria Ixpacoc, procuradora de la Codisra.

Arduo reto para Marta

Con el apoyo de la Demi, Marta presentó la denuncia ante el Ministerio de Trabajo, puesto que únicamente exige el pago de sus prestaciones adeudadas. No obstante, la afectada se negó a presentar una denuncia por discriminación racial contra la ex empleadora, quien trabaja en la Fiscalí­a de la Mujer de la capital.

El caso pasó de su fase administrativa a un juzgado de Trabajo, porque la funcionaria del MP no ha dado cumplimiento al pago que ordenó el Ministerio de Trabajo, que asciende a Q18 mil. Este incluye las prestaciones que le corresponden como: bono 14, aguinaldo y un ajuste salarial, ya que no se le pagó ni el sueldo mí­nimo durante los dos años.

Doce procesos laborales, doce casos de discriminación


La Demi registra alrededor de 12 denuncias de despidos laborales injustos de trabajadoras indí­genas de casa particular. En todos ha habido discriminación, porque las obligaron a cambiar la vestimenta, pues se consideró que eran poco higiénicas, según Socoy. También son objeto de burla constante por la utilización escasa del español.

Engavetados por falta de pruebas


De 2003 a 2008, la Demi ha atendido seis acusaciones de discriminación racial, sin embargo, las denuncias no prosperaron, en su mayorí­a por falta de pruebas. Este es el caso de la demanda de dos mujeres kaqchiqueles presentada en 2003 y 2006, en la sede central, ambas fueron archivadas por falta de pruebas. Otro expediente fue engavetado porque el MP no encontró el derecho violado.

«No tenemos casos registrados contra mujeres indí­genas trabajadoras domésticas, pero si los tuviéramos fuesen muchos, porque todas son discriminadas», argumentó Cristian Otzin de Codisra.