Avanza trámite de la Ley de Acceso a la Información Pública


Rosa Marí­a de Frade, diputada de la Bancada Guatemala al agradecer el apoyo de los Legisladores que participaron en la Sesión Extraordinaria explica:

No obstante lo áspero de la discusión en la ví­spera, el dictamen favorable de la Ley de Acceso a la Información Pública fue tramitado en su primer debate este jueves sin mayor aspaviento.


Nineth Montenegro, diputada de Encuentro por Guatemala (EG), expone:

Las diputadas ponentes Nineth Montenegro y Rosa Marí­a de Frade no pudieron mocionar para que el proyecto fuera aprobado de urgencia nacional, porque el quórum no estaba constituido, requerí­a la presencia de no menos de 105 diputados.

Aunque la bancada oficial habí­a anunciado su compromiso con dicho proyecto de ley se mantuvo pendiente de que el quórum no rebasara los dos tercios, porque las ponentes podrí­an mocionar en ese sentido y el acuerdo era que sólo avanzara en su primer debate.

Habí­a expectativa que lo acalorado de la discusión entre las ponentes y los unionistas, que han adversado abiertamente el proyecto, más la presión de grupos como acción ciudadana que llegó al extremo de calificar de corruptos a quienes estuvieran en contra de la ley, se trasladara al Pleno.

Nada de eso sucedió, prevaleció la calma, no obstante que no se estaba tramitando una ley cualquiera, sino un proyecto de ley que de ser aprobado marcará un nuevo rumbo en materia de transparencia y rendición de cuentas, un golpe duro a la corrupción institucional.

Las diputadas ponentes, después de escuchar la lectura del dictamen se limitaron sólo a comentar la conveniencia de la ley y los unionistas que habí­an asumido un fuerte papel beligerante se limitaron sólo a escuchar. Privó la antí­tesis del relajo de la anterior sesión, cuando Mario Taracena y los patriotas se enfrascaron en una discusión de poca altura, ofensas e improperios.

La ley desarrolla los artí­culos constitucionales 30 y 31, que se refieren a la publicidad de los actos administrativos y al acceso a archivos y registros estatales, por lo que además de ser un derecho humano es un compromiso constitucional y polí­tico incumplido desde 1985, cuando cobró vigencia la actual Constitución y 1996, cuando se firmó la paz, porque la norma también deviene de tales acuerdos que pusieron fin al cruento enfrentamiento armado.

Habrá sesiones extraordinarias el 22 y 23 de julio

Su trámite en segundo debate será dispensado y el proyecto es posible que sea aprobado en su tercer debate en la próxima sesión extraordinaria y continuar su trámite el dí­a 23, porque es previsible que el Pleno se declare en sesión permanente para agotar en ambos dí­as la discusión de ese tema, toda vez que los bloques legislativos han anticipado que presentarán enmiendas de curul.

El proyecto de ley enumera las instituciones centralizadas, descentralizadas y autónomas que están obligadas a la entrega de documentos públicos. También especí­fica lí­mites sobre el derecho de acceso a la información, de acuerdo a lo plasmado en el artí­culo 24 de la Constitución Polí­tica de la República, que se refiere a la inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros, aquí­ se encuentra normado lo relativo al pago de impuestos.

El normativo establece claramente cuál es la información pública a la que los ciudadanos guatemaltecos tiene derecho a acceder, así­ como las sanciones a aplicarse a los funcionarios que se nieguen a entregar la información requerida.

Dentro de los objetivos de la iniciativa de Ley del Acceso a la Información están:

? Garantizar a toda persona, sin discriminación alguna el derecho a acceder a la información pública en posesión de las autoridades y sujetos obligados por la presente ley.

? Garantizar a toda persona el derecho a conocer y proteger los datos personales de lo que de ella conste en archivos estatales, así­ como de sus actualizaciones.

? Garantizar la transparencia de los sujetos obligados y el derecho de toda persona a accesar libremente a la información pública.

? Establecer como obligatorio el principio de máxima publicidad y transparencia en la gestión pública.

? Establecer, a manera de excepción y de manera limitativa, los supuestos en que se restrinja el acceso a la información pública.

? Favorecer la rendición de cuentas a los gobernados, de manera que puedan auditar el desempeño de la función pública para el fortalecimiento.