La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó in límine (sin conocer) la solicitud de antejuicio planteada contra los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) por el delito de discriminación.
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La resolución, firmada con fecha 25 de abril de 2008, deja sin efecto la acción de antejuicio sin que el Congreso de la República conociera sobre dicha querella.
Los denunciantes no se mostraron sorprendidos con dicho fallo ya que consideran que pudo existir cierta «protección» entre magistrados.
Reacción
Benito Morales, representante legal de la Fundación Rigoberta Menchú, indicó: «no compartimos el criterio mucho menos la resolución en el sentido de no darle trámite o rechazarla sin conocerla, sin embargo, no nos extraña porque sabíamos que iba a ocurrir porque hay una especie de protección del gremio», declaró.
Morales reiteró que no se manifiestan sorprendidos por dicho fallo y añadió que la Fundación denunciante realizará una evaluación para considerar acciones a partir de esa resolución.
La resolución es apelable por medio de un recurso de amparo, el cual tendría que plantearse en contra de la CSJ, lo que implicaría que éste tendría que ser conocido por la CC. Morales se refirió al respecto: «caeríamos en un absurdo».
Aunque los denunciantes pueden considerar apelar, fueron enfáticos al indicar que aún no habían tomado una decisión ya que la notificación sobre dicho fallo es reciente.
Argumentos
En la sentencia emitida por la CSJ, los magistrados firmantes consideraron: «en reiterados fallos el Tribunal Constitucional ha considerado que la función de la CSJ, en aquellos casos cuya competencia sobre la posterior declaración corresponda al Congreso de la República, no debe ser la de un ente de gestión que agota su intervención con una simple remisión de actuaciones a aquel órgano, sino más bien ostenta por la propia potestad de administrar la justicia».
En dicha acta también se lee: «esta Corte estima que del estudio de las actuaciones se desprende que los funcionarios denunciados han actuado en el ejercicio del cargo que ostentan, en el pleno uso de sus facultades regidas por la ley (…) es procedente rechazar in límine las diligencias de antejuicio».
Consultados varios juristas que prefirieron el anonimato, por temor a represalias, coincidieron con los denunciantes al indicar que la resolución de dicha acción corresponde a una comisión pesquisidora conformada por el Congreso de la República: «la Corte se arrogó esas cuestiones y entró a considerar lo que le correspondería a una comisión pesquisidora del Legislativo», manifestó uno de los consultados.
El 17 de enero último, la Fundación Menchú, la Coordinadora Nacional de Viudas de Guatemala (Conavigua) y la Fundación Nueva Esperanza Río Negro presentaron dos denuncias por discriminación contra los magistrados de la CC, en la CSJ y la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos.
La acción legal fue motivada en contra de la resolución de fecha 12 de diciembre emitida por la CC, que dejó sin efecto la orden de captura con fines de extradición de los ex funcionarios íngel Aníbal Guevara Rodríguez y Pedro García Arredondo, acusados de crímenes cometidos durante el Conflicto Armado Interno, la cual favoreció a otros acusados como Efraín Ríos Montt, Germán Chupina Barahona, Benedicto Lucas, Donaldo ílvarez y Pedro García Arredondo.