Ví­nculos polí­ticos y parentescos cercanos


Lic. Mario Roberto Guerra Roldán

En el artí­culo anterior nos referimos a este tema en lo atinente a la historia de la integración del Tribunal Supremo Electoral -hicimos ver la metodologí­a empleada por la primera Comisión de Postulación, por la que se hizo hincapié en que los nominados deberí­an tener desvinculación de los partidos polí­ticos, así­ como de funcionarios presentes y pasados (en aquel entonces) y de cualquier parentesco con éstos.


Hoy, el Congreso de la República está a punto de elegir a los cinco propietarios y los cinco suplentes de dicho Tribunal, para un ejercicio de seis años que comenzará a partir del 20 de marzo y que serán escogidos de la nómina de 40 candidatos seleccionados por la Comisión de Postulación entre más de ciento cincuenta abogados que enviaron su hoja de vida.

No puedo dejar de mencionar la pena que me ha dado ver cómo profesionales del Derecho se han acercado a diputados en lo que eufemí­sticamente se ha dado en llamar «cabildeo». Para mí­ no es más que someterse a las condiciones que les impongan los señores representantes del pueblo, o estar sujetos al enví­o de la factura respectiva en el momento oportuno.

Digno es también de traer a colación la forma tan rápida en que la Comisión designó a los 40 privilegiados. Por ello considero que se filtraron en la nómina profesionales que deberí­an haber sido descalificados por no reunir los requisitos indispensables para acceder a tan alta magistratura.

Porque los hay, los hay, pero lógicamente no vamos a hacer señalamientos individuales, pero queda en la mente y la conciencia, tanto de los postulantes como de los postulados los requisitos de orden moral omitidos. También quiero anotar que entre los profesionales marginados por la Comisión hay profesionales dignos de haber sido tomados en cuenta, así­ como los hay entre los 40 escogidos.

El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en la materia y, por consiguiente, con total independencia de los organismos del Estado y de cualquier organización o tendencia polí­ticas y, si bien es cierto es una entidad con carácter polí­tico, ello no quiere decir que los señores diputados tergiversen esa caracterí­stica, y, sin escrúpulo alguno, elijan a personas con ví­nculos polí­ticos partidistas o con parentesco cercano con los dirigentes de los partidos o con altos funcionarios del Estado.

Estas personas, porque las hay como ya lo apunté, desde el momento en que se postularon, presas de la ambición, olvidaron estas limitaciones de orden ético y, por esa sola razón, no pueden ser magistrados idóneos del alto Tribunal Electoral.

Es al Congreso de la República a quien corresponde la responsabilidad de elegir a personas que no solo cumplen con los requisitos formales y legales, sino que también sean de una sólida formación moral, con carácter, firmeza y valor para afrontar y superar las vicisitudes de un proceso electoral y los problemas que, en un momento dado, presenten las organizaciones polí­ticas.

Que Dios ilumine a nuestros «Padres de la Patria» y actúen sin pasiones polí­ticas o intereses muy particulares, para integrar a un Tribunal Supremo Electoral, que necesita recobrar la

confianza y prestigio que tení­a antes de 2002.

«Para mí­ no es más que someterse a las condiciones que les impongan los señores representantes del pueblo, o estar sujetos al enví­o de la factura respectiva en el momento oportuno».