No se necesita más que unos cuantos miles de quetzales, un baño y mucho valor para someterse a un aborto inducido en una clínica médica clandestina, como las hay varias anunciándose actualmente en los medios de comunicación. De acuerdo con una investigación realizada por La Hora, ese tipo de “tratamientos†puede costar hasta Q4 mil, pero el precio puede ser mucho más alto cuando, sin las precauciones necesarias y obviando los protocolos médicos, se pone en riesgo la vida de una mujer y de quien pudo ser su hijo.
lahora@lahora.com.gt
«En el audio, editado por La Hora, se escuchan extractos de una conversación sostenida con la encargada de una clínica clandestina que ofrece el servicio de abortos inducidos.»
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Una “solución inmediata†para un embarazo inesperado. Con esa y otras frases similares se disfrazan los anuncios que ofrecen abortos inducidos a precios “accesiblesâ€.
Los costos de este tipo de tratamientos, de acuerdo con una investigación de La Hora, oscilan entre mil 800 y 3 mil 500 quetzales, dependiendo del tiempo del embarazo.
De esa cuenta, en los primeros tres meses de gestación la sustracción del feto es menos costosa, mientras que en la última etapa –previo al nacimiento– puede llegar a valer hasta 4 mil quetzales.
Para esto se realizaron consultas en diferentes clínicas médicas que operan de forma clandestina, pues practicar y colaborar en un aborto es un delito penado en la legislación guatemalteca.
El proceso para contratar el servicio inicia con una llamada telefónica al número publicado en los anuncios que ofrecen “ayuda†ante los embarazos no deseados; la conversación podría aportar información sobre el procedimiento y los costos, según los términos de cada clínica. (LEA: “No hay que esperar más tiempoâ€).
La persona que atiende el teléfono pide datos básicos, como el tiempo de gestación, edad y situación médica de la mujer, como factores para determinar el costo del aborto.
Con los datos básicos se planea una cita, en la que se realizará un ultrasonido y se dispone de la preparación de la paciente, que deberá ser atendida en el baño de un inmueble privado, donde preferentemente no haya más personas.
De acuerdo con expertos consultados sobre el tema, un aborto inducido como los que se practican en las clínicas clandestinas, además de ser un delito, es un atentado contra la vida de la mujer y quien podría llegar a ser su hijo.
CERCA DE LA MUERTE
En las consultas realizadas, se conoció que la mayoría de las clínicas que practican abortos lo hacen con los métodos de extracción y succión, que de ser mal efectuados podrían concluir con consecuencias graves, según el ginecólogo, Miguel íngel Gramajo.
«Un aborto por succión es un legrado. Es meter unas jeringas enormes, no recuerdo cuánta capacidad tienen, pero ahí pueden succionar la pared uterina si está mal hecho. El problema es que se queden ahí todos los restos dentro del útero. Se podrían dar infecciones», explica el experto.
El entrevistado dice que una práctica inadecuada podría causar desde daños severos en el intestino, hasta la muerte de la mujer.
«La perforación puede llevar problemas intestinales, infecciones abdominales. Una perforación puede provocar que se pierda el útero, o hasta la muerte», refiere Gramajo.
La Hora intentó contactar al ministro de Salud, Ludwin Ovalle, para conocer qué tipo de controles realizan en las clínicas clandestinas, pero fue imposible establecer contacto.
También se trató de tener comunicación con el viceministro de Salud, Guillermo Echeverría y con Silvia Palma, viceministra de Hospitales, pero ninguno de los dos atendió las llamadas.
Marlitt Valenzuela, relacionista pública de esa cartera, explicó de forma breve, que los anuncios que ofrecen este tipo de atención no se identifican como clínicas de aborto.
“El problema es que en los anuncios no se dice que practican abortos, porque practicar un aborto no está en la ley. Por eso habría que ver cómo se anuncian, porque el aborto no es legalizado en Guatemalaâ€, indicó.
DELITO
La Constitución señala, en el artículo 3, que “el Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la personaâ€, por lo que resulta imposible despenalizar esta práctica, que se paga con cárcel y multas.
El artículo 133 del Código Penal define el aborto como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de preñezâ€.
De esa cuenta, el artículo 134 de la misma ley establece penas que van desde seis meses hasta tres años de prisión para la mujer que cause o consienta su aborto.
Por otro lado, “si a consecuencia del aborto consentido o de las maniobras abortivas consentidas, resultare la muerte de la mujer, el responsable será sancionado con prisión de tres a ocho añosâ€, refiere el artículo 136, que además determina una pena de hasta 12 años de prisión “si se tratare de aborto o maniobras abortivas efectuados sin consentimiento de la mujer sobreviniere la muerte de estaâ€.
El artículo 140 señala que, “el médico que, abusando de su profesión causare el aborto o cooperare en él, será sancionado con las penas señaladas en el artículo 135 –entre uno y ocho años de prisión–, con multa de Q500 a Q3 mil, con inhabilitación para el ejercicio de su profesión de dos a cinco añosâ€.
Iguales sanciones se aplicarán, en su caso, a los practicantes o personas con título sanitario, sin perjuicio de lo relativo al concurso de delitos.
Pese a estar tipificado en la legislación guatemalteca, existen varios médicos que realizan estas prácticas en clínicas que ni siquiera son reguladas por el Ministerio de Salud.
De esa cuenta, nunca se conoce qué sucede con las mujeres que se practican un aborto, pues algunas pueden morir o sobrevivir con complicaciones graves en su salud.
Rolando Yoc, de la Procuraduría de Derechos Humanos, opina que es importante procurar el derecho a la salud y la prevención, y considera importante verificar lo que sucede en las clínicas donde se practican abortos.
«(…) Esto obliga a que el Estado de Guatemala no sólo tenga una red hospitalaria con capacidad, un sistema de salud público para prevenir, orientar e intervenir en un momento determinado, sino que además, ese Ministerio de Salud Pública, sea el rector de controlar, supervisar y vigilar cualquier centro, hospital o clínica», refiere Yoc.
El representante del Ombudsman concluye en la necesidad de que el Ministerio de Salud intervenga. «El Ministerio de Salud Pública, a través del código de salud, tiene las condiciones legales sanitarias que deben contemplar este tipo de establecimientos, que obviamente van a ser regulados de manera corporativa o individual», puntualiza.
Constitución Política de la República de Guatemala
“No hay que esperar más tiempoâ€
La información recopilada por La Hora, a través de llamadas telefónicas a las clínicas médicas que atienden abortos, dan cuenta de la facilidad para practicar abortos. Escuche una versión editada de esta conversación.
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La Hora: ¿Cree que todavía me puedo practicar un aborto, tengo como tres meses de atraso?
Cínica: Si hablamos de 13 semanas si se puede todavía, pero no hay que esperar más tiempo. Puede ser cualquier día de esta semana; trabajamos el sábado también, pero mediodía. Tiene que venirse en ayunas para poder examinarla y ver qué va a necesitar para que ese mismo día se le resuelva su problemita.
LH: ¿Cuánto me cobran?
Clínica: El costo es de mil 800 quetzales por el tiempo que tiene. Eso incluye su consulta. Le hacemos un ultrasonido para ver exactamente lo que hay y comprobar la fecha que usted me está dando. También le incluye una cita para control a los 8 días.
Clínica: ¿Usted está con su pareja actualmente?
LH: Ya no…
Clínica: Vale la pena cuidarse para un futuro, porque usted es una persona joven y si el vuelve o si tiene otra pareja es importante el cuidado, porque la vida sigue, no vamos a negarnos a la realidad.
LH: ¿Dónde queda la clínica? ¿es mujer la que me atiende?
Clínica: (ofrece la dirección) Yo la voy a atender o si quiere con el doctor, él está disponible.
Clínica: ¿Usted ya tuvo bebés?
LH: No, tengo 16 años.
Clínica: Hay… por eso está así entonces.
Clínica: ¿Usted vive con sus papás?
LH: Si y estudio.
Clínica: ¿En qué jornada está?
LH: En la tarde, de dos a cinco y media, pero hoy me salí para ver a quién podía llamar.
Clínica: Con mayor razón no hay que esperar. ¿Ya le creció el estómago? ¿abajo del ombligo no siente una pelotita?
LH: Si ya…
Clínica: Es justo el tiempo que estábamos calculando, 13 semanas. ¿En su casa nadie sabe? ¿Nunca ha faltado como para que pueda estar fuera todo el día?
LH: Puedo decir que tengo un deber o algo así.
Clínica: Si porque sí va a tener algunas molestias. Hay que ver exactamente cómo está, porque hay varias formas de resolverlo, pero si no debe demorarse mucho tiempo.
LH: ¿A qué tiempo ya no me puedo hacer esto?
Clínica: Lo que pasa es que el costo va subiendo. Ahorita si ya cumplió tres meses ese es el costo, ya con 4 meses y medio a cinco ya cuesta 3 mil 500, es más caro. Por el riesgo que uno corre hay que cuidarse de muchas cosas. Bueno pues usted dirá cuando quiere venir para solucionar eso, así nos avisa antes para ponernos de acuerdo y el día que venga no le toque esperar.
LH: ¿Esto no lo llega a saber nadie verdad?
Clínica: No, nadie que usted no quiera que sepa. De lo contrario, aquí nos debe su confianza y es mutuo porque sabrá que está contra la ley. Ni siquiera el de allá arriba… pero ni modo hay situaciones muy difíciles. ¿Usted vive aquí?, para poder ir preparando el ambiente. Va a necesitar más de un baño, porque si necesita uno un baño por las molestias que va a tener.
LH: ¿Qué me va a pasar?
Clínica: Va a tener ganas de ir al baño y algunas otras molestias del intestino sobre todo. Entonces si lo miran a uno así en la casa de alguna manera le están preguntado qué pasó, qué comió, porque si parece como si hubiera comido algo, pero lo ideal es que no lo perciban y no se den cuenta de nada. Eso es más o menos lo que puedo explicar y adelantar.
“No es legalâ€
Carlos Mejía, presidente de la Junta Directiva del Colegio de Médicos, dice que es difícil regular las clínicas donde se practican abortos, porque esta práctica no es legal a menos que se ponga en riesgo la salud de una mujer, por tanto, no se pueden ofertar servicios de este tipo.
“En Guatemala el aborto es una situación no legal, excepto en ciertas condiciones médicas, por ejemplo, para salvaguardar la vida de una madre, o en una enfermedad en particular de alta incidencia de anormalidad congénita. El aborto no es legal para ofertarlo como servicios, la legislación lo prohíbeâ€, dice Mejía.
Según el profesional, en el Colegio de Médicos no han recibido ninguna denuncia de este tipo en el 2011, pero si llegaran a recibir una, habría que evaluar la falta del médico involucrado, según las sanciones correspondientes, si se comprueba el delito.
“El código de ética nuestro tiene cinco tipos diferentes de sanciones. Se llama amonestación privada para casos leves; amonestación pública, que se publica en prensa; amonestación pecuniaria, que es una muestra que puede ir sola o acompañada de las dos anteriores; suspensión temporal de la licencia y la última, requiere de la aprobación de una Asamblea General, que no la puede llevar el Tribunal de Honor, sino que es la Junta Directiva, es la suspensión definitiva de la licenciaâ€, explica el médico.