La Constitución Política de la República establece como parte del derecho a la vida «la seguridad de la persona». En el título II «Derechos Humanos», capítulo I «Derechos Individuales», artículo 24, en la parte final del primer párrafo: «Se garantiza el secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas, radiofónicas, cablegráficas y otros productos de la tecnología moderna». Precepto que no puede ser modificado por ley inferior o interpretado de forma alguna.
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Llama la atención varias publicaciones en campos pagados del Ministerio de Gobernación que inducen a pensar que esta norma constitucional puede dejar de ser observada por las autoridades competentes.
No pretendo decir que en el pasado no hayan existido órganos o dependencias del Estado que hayan incumplido ese precepto que han contenido nuestras constituciones. Recuerdo que recién pasado el Serranazo, el coronel Otto Pérez Molina, al observarme utilizar el voluminoso celular que en esa época se usaba, me dijo como una muestra de confianza y aprecio: licenciado, tenga cuidado con el uso del teléfono celular. Intempestivamente pregunté ¿por qué? Y el respondió, puede ser y es fácil que a usted le escuchen y le graben sus llamadas telefónicas.
Otra evidencia de esas circunstancias fue un casete que llegó a mis manos a finales del gobierno de Ramiro de León, casete que hice del conocimiento público en el hemiciclo del Congreso en mi calidad de diputado y que días después, a solicitud de la prensa nacional en el salón del pueblo del Congreso de la República, permití que lo escucharan, contenía una conversación entre dos personas que hablaban de cómo recibirían, de parte del gobierno, un enorme apoyo económico que les resolvía a su partido los problemas de campaña electoral.
Consta en publicación de Prensa Libre de aquella época, que las voces fueron reconocidas por el alcalde de la capital, hoy Presidente de la República, pero fui yo el que fue acusado por una de las personas que í“scar Berger mencionó haber reconocido como participantes en la conversación. Este es otro ejemplo de un hecho de lo que puede suceder.
Hoy me imagino que soy uno de los «agraciados» que de forma ilícita se le intervienen sus comunicaciones telefónicas o mensajes electrónicos; en otras palabras, tengo indicios suficientes para pensar que estoy «pinchado», indicios que con la nueva tecnología son fáciles de percibir debido a que los nuevos equipos electrónicos señalan cuando una llamada o un correo electrónico ha sido escuchado o leído sin que exista autorización.
No me agrada pero tampoco me preocupa que antes de que salgan publicadas mis opiniones en el diario La Hora, las mismas las lea alguien, espero que los amos de estas personas estén satisfechos de las primicias.
¿Por qué el Procurador de los Derechos Humanos, el Ministerio Público, la Asociación de ex constituyentes o el Colegio de Abogados, no actúan al respecto? Lex et Lex.