MP defiende efectividad en su trabajo


La institución del Ministerio Público asegura que las cifras respecto a efectividad superan el 25 por ciento.

Juan Luis Florido, fiscal general de la Nación, rechazó las cifras vertidas por organizaciones sociales respecto a casos resueltos y efectividad en la entidad que preside. El jefe del Ministerio Público (MP), comentó que dichos resultados «deben ser analizados dentro de un contexto general y completo de la institución y no aislados».

Gerson Ortiz
lahora@lahora.com.gt

Lo anterior se da luego de las demandas emitidas por organizaciones sociales y analistas, relacionadas con el porcentaje de efectividad en el MP, ya que los fiscalizadores calificaron como «ineficiente» el trabajo de la instancia investigadora.

Según la sociedad civil, el MP sólo alcanza el dos por ciento de efectividad. Analistas explicaron sobre dicho porcentaje que se refiere a la cantidad de casos que llegan a una sentencia en los tribunales del paí­s.

Florido: «Están equivocados»

Un tanto apurado, el Fiscal General dijo que los anteriores datos «están equivocados». Según Florido: «los resultados tienen que ser analizados desde un contexto general y completo de la institución y no aislado».

El jefe del MP reconoció que la estadí­stica presentada por la sociedad civil se refiere a «un segmento de las estadí­sticas completas de la institución», y añadió: «lo que queremos es ayudarlos a que tengan un panorama más claro».

Las otras cifras

Alfonso Sierra, del Sistema de Gestión de Casos del MP (SIGCOMP), declaró en relación al tema que «también hay que hablar de otras alternativas que el propio Código Procesal Penal establece».

El entrevistado citó como ejemplo los criterios de oportunidad y las desestimaciones; este último, «ha sido tratado de manera superficial», comentó.

El número de casos y de propuestas de solución que hace el MP, de acuerdo con lo expuesto por Sierra, «es un número superior» al considerado por las organizaciones sociales. í‰ste, manifestó el consultado: «es de un 29 por ciento, incluyendo las desestimaciones».

Para el encargado del SIGCOMP, «la desestimación por reparación efectiva también funciona como un medio de solución de casos», subrayó, aunque reconoció que los fiscales deben redoblar sus esfuerzos para responderle a la ciudadaní­a con un nivel de solución de casos más elevado.

Efectividad

Es, según diccionarios, la capacidad de lograr el efecto que se desea o se espera. Sin embargo, para el MP es un término que incluye factores como: los lapsos de tiempo en los que se establecen las soluciones de casos, ya que la misma «abarca a varios operadores de justicia y no sólo al MP», detalló el representante de dicha institución.

A manera de ejemplo, el entrevistado citó que para las acusaciones (de cualquier tipo penal), no hay ninguna garantí­a que sea fijada una audiencia, de acuerdo con lo que la ley establece, dentro de uno o dos meses. Sierra insistió que el anterior es un tema complejo que involucra no sólo a un operador de justicia.

CASO MASACRE DE VILLA HERMOSA

El anterior también se refiere a un asesinato, esta vez de toda una familia, entre quienes se encontraban cuatro niños, el hecho ocurrió el 15 de diciembre de 2004.

El MP logró, en un considerable lapso de tiempo, enviar a juicio a Jorge Ortiz Mazariegos (a) «Perica»; John Búcaro López, (a) «Slow»; Byron Eduardo Fajardo Revolorio, (a) «Black»; Luis Alfredo Orellana Orellana, (a) «Smiling», y Nineth Floridalma Flores González.

No obstante, el 21 de marzo último el Tribunal Tercero de Sentencia resolvió absolver a los cinco anteriores, pese a que uno de ellos confesó quiénes participaron y cómo cometieron la masacre.

Los argumentos que los miembros del Tribunal Tercero vertieron para el, para muchos, «inexplicable» fallo, fue que hubo deficiencias en la investigación del MP para aportar las pruebas contra los sindicados.

La instancia investigadora presentó la apelación correspondiente a la sentencia. Uno de los que no fueron juzgados enfrentará juicio este mes.

CASO CHEMITA

El 14 de diciembre de 2003 se cometió el asesinato del sacerdote José Marí­a Ruiz Furlán, conocido como «Padre Chemita».

Los querellantes del caso denunciaron recientemente el poco avance de las investigaciones aduciendo que a cuatro años del crimen contra el religioso, únicamente se encuentran vinculadas por el delito de encubrimiento Marí­a del Carmen Dávila de Barreda y Carmen Lucí­a Barreda Dávila, madre e hija respectivamente, por el delito de encubrimiento, al cual el Juzgado Décimo otorgó una medida sustitutiva, por lo cual las implicadas no guardan prisión.

Lo anterior ha ocasionado malestar en los querellantes, por lo que recientemente presentaron una solicitud de reforma de delito ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia.

Milton Durán, quinto fiscal a cargo de la investigación, adujo que el caso ha avanzado considerablemente en el último año, que tienen sospechosos materiales y que las investigaciones continúan.