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Las juntas electorales departamentales son órganos de carácter temporal y están integradas por cinco personas. Estas instancias, se integran ante la convocatoria a elecciones y se disuelven cuando el Tribunal Supremo Electoral declara concluida la contienda electoral.
Para ser integrante de las juntas departamentales y municipales, es necesario hallarse en pleno ejercicio de los derechos fundamentales, ser vecino del municipio correspondiente, ser alfabeto y no ocupar cargos en ninguna organización política.
Las juntas electorales departamentales tienen varias atribuciones que tienen real importancia en la parte logística y organizativa de los comicios.
Por ejemplo previamente a las elecciones deben conseguir los locales para los centros de votación y garantizar que cuenten con los servicios esenciales para el buen desempeño en el día de las elecciones, como fluidez de la energía eléctrica, buenas áreas de entrada y salida y servicios sanitarios.
«Asimismo organizamos las juntas receptoras de votos y las juramentamos», agregó Anaely López, integrante de la Junta Electoral del Distrito Central.
En el día en que se realizan las elecciones, las Juntas Electorales cumplen otras tareas; son las encargadas de repartir el material a todas las mesas electorales.
«Nos aseguramos que el centro de votación se abra a tiempo y que las juntas receptoras de votos puedan contar el material. Preparamos el cierre a partir de las dos de la tarde, pero nuestro trabajo empezará desde las cinco de la mañana», finalizó.