Cuando uno escucha o lee declaraciones de personas que ofrecen facilidades a la Contraloría de Cuentas para que pueda fiscalizar el manejo de fondos públicos administrados por entidades privadas, tiene que entender que evidentemente en Guatemala no entendemos la función de la Contraloría porque no se trata de permitirle realizar auditorías, sino que es cuestión de cumplir con la Constitución de la República.
Y es que se equivocan quienes piensan que la Contraloría tiene la facultad de fiscalizar los fondos públicos. En realidad es una obligación, un deber ineludible que debiera ejecutarse sin excusa ni pretexto tanto en todas las dependencias del Estado como en las entidades privadas que reciban y manejan fondos provenientes del erario nacional. El artículo 232 de la Constitución establece claramente que tiene funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los Municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas. Sujeta la Carta Magna a esa misma fiscalización a los contratistas de obras públicas y cualquier otra persona que por delegación del Estado, invierta o administre fondos públicos.
No se trata, pues, de que entidades internacionales o bancarias, además de la proliferación de ONG´s, puedan ser sometidas a fiscalización, sino que deben ser sometidas al control de la forma en que administran los fondos públicos y de no hacerlo, el Contralor de Cuentas está incumpliendo con el mandato constitucional que de manera clara y categórica le asigna la obligación de fiscalizar la forma en que se gasta el dinero de los contribuyentes.
En gobiernos anteriores se adoptaron modalidades perniciosas para ejecutar el gasto público mediante la asignación de recursos a entidades que se consideran ajenas a esa fiscalización, entre ellas algunas que gozan de inmunidad y otras que alegan el secreto bancario como pretexto para no rendir cuentas. Ahora resulta que ya no basta esa forma de despilfarro, sino que el Congreso asigna fondos a diestra y siniestra a Organizaciones No Gubernamentales que, por supuesto, se manejan sin la costumbre de la rendición de cuentas y por lo tanto no se someten a los controles necesarios.
Basta revisar la larga lista de entidades que este año fueron beneficiadas por el clientelismo en el Congreso de la República (algunas que invirtieron fuertemente en la pasada campaña) para darse cuenta que la Contraloría no tendrá capacidad para efectuar sus labores de fiscalización. Si con las entidades del Estado no puede, mucho menos cuando las millonadas se asignan a grupos privados que encontraron en el Congreso la facilidad para agenciarse de fondos para lograr sus fines sin tener que andar preocupándose por esa molesta rendición de cuentas.