El presente artículo versará sobre dos aspectos de la economía nacional que, de forma directa e inmisericorde afectan el bolsillo de millones de personas en su calidad de consumidores finales.
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Insisto en la BURDA e ILEGAL acción de no entregar los vueltos cabales por parte de los cajeros de supermercados y los receptores pagadores bancarios que de la forma más tranquila, se quedan con dos, tres, cuatro y hasta cinco centavos de las operaciones bancarias y los pagos en las cajas de los supermercados.
¿Cuál “autoridad†del Estado de Guatemala, es la encargada de velar porque los empresarios sean honestos, cabales y además, responsables de su actuar en sus relaciones comerciales con el público en general, es decir con los consumidores finales? ¿Qué autoridad del MINISTERIO DE ECONOMíA o de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS autorizó la aplicación del “redondeo†A FAVOR DE LOS BANCOS y de los SUPERMERCADOS en las transacciones comerciales?
Lo anterior, ni más ni menos, representa la comisión del delito de HURTO y al ser de conocimiento público de las autoridades, adquiere l categoría de denuncia pública, por lo tanto, el MINISTERIO PíšBLICO debe tomar cartas en el asunto, investigar y en su caso consignar a los responsables del hurto continuado, con alevosía, diurnidad, nocturnidad, premeditación, ventaja y cuantas otras agravantes se le puedan poner, a efecto de que SE PROHIBA EL USO DEL REDONDEO en las transacciones comerciales.
El Banco de Guatemala tiene suficiente cantidad de monedas de un centavo como para que tales instituciones bancarias y comerciales justifiquen su ausencia para aplicar el hurto descarado denominado “redondeoâ€. Los bancos son instituciones exentas del pago de impuestos y no sólo, también le huevean los centavos a los usuarios. ¿usureros? ¿ladrones? ¿Cómo puede llamárseles a estos hijos de la gran banca privada nacional?
Y los supermercados también pertenecen a esa clase de sanguijuelas sociales, porque no solo aplican el cobro ilegal del redondeo a su favor, también por medio de su publicidad engañosa, inducen a error a los consumidores en relación al verdadero precio que se debe pagar por un
artículo o mercancía.
En un supermercado nacional los artículos están etiquetados con dos precios; Antes y Hoy, a guisa de ejemplo: el precio de Antes era de dos quetzales, Ahora de un quetzal. PERO… en la etiqueta no indica que el precio de Ahora se aplicará SIEMPRE Y CUANDO USTED COMPRE CUATRO DE LOS MISMOS ARTíCULOS; si lleva solo uno, le cobrarán el precio de dos quetzales; sin embargo, al no tener alguna indicación la etiqueta, usted piensa que el precio del artículo es el que está marcado con Hoy (Q.1.00), lo cual no es cierto, y tendrá que pagar en la caja el precio de dos quetzales; aparte de que le aplicarán el redondeo a favor del supermercado.
En el próximo artículo, abordaré el tema de defraudación en el consumo de los artículos y mercancías que adquirimos.