La Hora Política con el propósito de aportar luces sobre la decisión política que el próximo Presidente de la República, ílvaro Colom, debe tomar respecto a la suerte de los cuestionados fideicomisos, abordó al licenciado Abel Estuardo García Gaitán, auditor general de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), quien se refirió al asidero legal de la constitución de los mismos, así como a los aspectos negativos y positivos de esta figura puesta en boga desde la administración del entonces presidente ílvaro Arzú (1996-2000) y que en la actualidad representa el 15% del Presupuesto Nacional.
Los fideicomisos, según explica el profesional, están regulados en el Código de Comercio, sección VII, Capítulo V, en donde exige la existencia de un contrato de fideicomiso y en la Ley del Organismo Ejecutivo, artículo 35, inciso (r), que otorga al Minfin la facultad de crear fideicomisos y la función de reglamentar, registrar y controlar la operación cooperando con los otros organismos de control.
Bajo los conceptos descritos anteriormente, la figura legal sí existe, sin embargo su utilización en el manejo de recursos públicos trae consigo una serie de factores que hay que considerar, tales como:
o Bajo control interno y externo en materia del gasto público.
o Escaso desarrollo de regulación en materia de conflictos de interés.
o La asignación de recursos públicos fuera del presupuesto, aumenta la discrecionalidad y arbitrariedad en la asignación del gasto por parte del Organismo Ejecutivo, frente a presiones de diferente naturaleza.
o Secreto bancario por disposición constitucional, resulta ser una limitante en este caso
o Estructuras institucionales dependientes de la voluntad del Organismo Ejecutivo.
o Su creación es mediante Acuerdos Gubernativos y no Decretos del Congreso lo cual limita el debate público sobre su funcionamiento y la forma de administrar los recursos. En ese contexto, se propicia la discrecionalidad presidencial, se diluye la responsabilidad pública, se propicia la falta de legitimidad política.
o Escasa representatividad en la gestión y manejo de los recursos.
o Los controles del Estado sobre los fideicomisos son débiles tanto de parte del Minfin como de la CGC.
o En esas condiciones se generan incentivos perversos para facilitar la desviación de recursos y la existencia de conflictos de intereses.
Entre los aspectos positivos menciona:
o Asegura un flujo suficiente, adecuado y estable de fondos públicos para una finalidad específica por fuera de los procedimientos presupuestarios normales, evitando el impacto de los ajustes fiscales y de los ciclos políticos.
o Aísla los fondos del ambiente ministerial y evita las reglas y procedimientos burocráticas de la administración pública que no permiten una gestión eficaz ni eficiente.
Se calcula que 15% del Presupuesto del Estado se le asigna a organismos internacionales y ONGs para su ejecución, mientras que otro 25% se dirige a fideicomisos, como una forma de evadir la fiscalización de la CGC. En 2007, el presupuesto aprobado fue de Q37.7 mil millones y el 15% está acaparado por la Organización Internacional de Migraciones (OIM) y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo ( PNUD ).
JALADORES
A Q21,680.8 Millones asciende el monto de fondos del Estado trasladados a 53 fideicomisos, que son manejados por la banca estatal, privada y mixta:Observatorio del Gasto Social
«Aun nos encontramos en la fase de análisis, relativa al monitoreo de la calidad del gasto a través de los fideicomisos»: Edgar Balsells, técnico de transición de la UNE.
«El asidero legal los fideicomisos es endeble, debe el Congreso aprobar una ley específica que establezca claramente la responsabilidad del ente que destina los recursos a los fideicomisos y la forma de administrarlos»:Luis Mijangos Contreras, jurista