Órganos de control político decepcionan


Jorge_MARIO_Andrino

El Congreso de la República y la Corte de Constitucionalidad hicieron noticia reciente, lamentablemente por circunstancias no positivas desde distintas perspectivas, tanto jurídicamente como social, política e históricamente.

La intromisión jurídica del Congreso al pronunciarse sobre el tema de Genocidio no tiene precedentes, especialmente por arrogarse una función que constitucionalmente no la tienen y de alguna forma, hacer incidencia en diversos aspectos sobre los hechos que acontecieron en el pasado del país, y que aún están en proceso de resolución por los tribunales de justicia.

Jorge Mario Andrino Grotewold


 Esa incidencia, pudiera influenciar al tribunal que conoce el proceso que se debe repetir por mandato de la Corte de Constitucionalidad, y hacer determinantes sus decisiones.  Aunado a ello, ha creado un desconcierto en la sociedad, nuevamente, al polarizar un tópico que aún no termina de reconciliar al país.  No se entienden sus razones, más que una mal entendida pretensión de contrariar la Constitución. Parece una estrategia del partido de gobierno, pues coincide con declaraciones que funcionarios del Ejecutivo realizaron en una gira por Europa, en donde declararon que Genocidio no hubo en el país, sin explicar que hay procesos judiciales en camino, y que como representantes del Presidente, no tienen facultad para expresar esas opiniones.

La inactividad legislativa reciente también preocupa ante las necesidades del Estado en regular temas de interés que por años han estado olvidados, y que pareciera solo con estímulos políticos e intereses privados alcanzar avances.  Siendo el Congreso el referente de los acuerdos de índole político del país, preocupa que ni la oposición dividida ni los legisladores oficiales logran dar seguimiento a aquellos ejes importantes que requieren su intervención, acuerdo o discusión.

Igual de lamentable fue el fallo emitido con acciones provisionales de la Corte de Constitucionalidad sobre las decisiones de las Comisiones de Postulación. La crítica fuerte que recibió la Postuladora última, la cual siguió el procedimiento de ley pero no valoró su gradación para el voto final, ahora es validada por el alto tribunal Constitucional, en lugar de hacerlo mandatorio que dichas Comisiones escogieran a los candidatos con base en esa gradación profesional, que incluye méritos, honorabilidad, profesionalismo, entre otras circunstancias.  No se trata que legislen, porque esa no es su función, pero de balde utilizan las estrategias de la judicatura con “sentencias explicatorias” en otros fallos, y cuando más se requieren, se quedan cortos y debilitan aún más el sistema de justicia.

Las siguientes postuladoras para elegir Magistrados de la Corte Suprema y Corte de Apelaciones, no tendrán presión social o crítica alguna, amparados de este fallo que revierte la intencionalidad de la ley y su espíritu, que conllevaba escoger a los mejores candidatos y candidatas para asumir puestos tan importantes.

Guatemala encuentra entonces, un desconsuelo en estos órganos de control político del país, que deberían, en el caso del Congreso de la República, repercutir en la forma del voto para el 2015; y en el caso de los Magistrados Constitucionales, hacerlos responsables con mecanismos de rendición de cuentas ahora o cuando dejen su cargo, especialmente si sus actos tienen repercusiones negativas para el Estado.