La comisión que seleccionó a los seis candidatos a Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República, pudo haber cometido errores del más diverso género y de la más variada magnitud; pero tuvo un acierto extraordinario: no haber seleccionado a Claudia Paz y Paz. La administración oficial de justicia festeja esa sensata decisión.
El acierto fue posible porque la mayoría de los miembros de la comisión no acató los intromisivos mandatos de decenas de reales o ficticios agentes político-ideológicos nacionales, internacionales y extranjeros. Esos agentes pretendían no solo que Claudia Paz fuera seleccionada sino que fuera el candidato elegido.
No seleccionarla fue un acierto porque había que eliminar, desde la raíz misma del régimen de mera legalidad, o desde la angustiosa esperanza de una efectiva punidad, la posibilidad de que por segunda vez ella fuera Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República. Es decir, había que eliminar la posibilidad de que ella continuara con la ejecución de por lo menos cuatro relevantes obras maléficas.
La primera obra es la conversión del Ministerio Público en una institución del Estado que, por acción o por inacción, procura el incumplimiento de la ley. Permite, por ejemplo, la transgresión del derecho de propiedad privada y el holgado atentado terrorista contra la actividad económica legalmente emprendida. La segunda es la conversión de la Fiscalía General en una institución del Estado que ejerce la acción penal pública para contribuir a una finalidad político-ideológica. Emprende, por ejemplo, la persecución penal incondicional de militares que combatieron a la guerrilla. La tercera es la conversión del Ministerio Público y la Fiscalía General en una agencia servidora de intereses extranjeros o internacionales. Ella ha sido “socio”, por ejemplo, del gobierno de Estados Unidos de América, como lo declaró con intrépida franqueza la embajada de ese país. La cuarta es consecuencia de las obras anteriores. Consiste en insistir en generar proceso judiciales político-ideológicos, propicios para suscitar un impredecible conflicto político-ideológico entre guatemaltecos.
Arguméntase que Claudia Paz y Paz tenía que ser seleccionada porque obtuvo la segunda calificación más alta. Empero, la Ley de Comisiones de Postulación no contiene algún precepto del cual se deduzca que deben ser seleccionados, para ser candidatos a Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República, solo quienes haya obtenido las calificaciones más altas. La ley misma admite que uno de los candidatos que haya obtenido la mayor calificación, no sea seleccionado. La ley tampoco contiene precepto alguno que ordene elegir, entre los seis candidatos seleccionados, a quien haya obtenido la más alta calificación. Es decir, el Presidente de la República puede elegir al candidato que haya obtenido la menor calificación.
Post scriptum. Si la corrupción consiste en la pérdida de la naturaleza propia de un ser, Claudia Paz y Paz, corrompió el Ministerio Público y la Fiscalía General de la República.