En cumplimiento a la ley, el 19 de febrero de 2014, la Comisión de Postulación determinó, en nómina escrita, los 40 candidatos a presentar al Congreso de la República para que el mismo elija cinco magistrados titulares y cinco suplentes al Tribunal Supremo Electoral.
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Las críticas que recibieron en su trabajo fueron pocas y más importante aún, resistieron algunas presiones que determinadas personas o grupos efectuaron sobre ellos, olvidando que su labor no puede ser motivo de opiniones particulares o personalizadas por cuanto su responsabilidad era y fue decidir conforme a sus criterios y conciencia. Incorrecto hubiera sido que por complacer a terceros hubieran manchado el prestigio, la reputación y dignidad de uno de los postulantes.
La nómina de los 40 profesionales que se elevan al Congreso contiene suficientes nombres de hombres y mujeres para que el Organismo Legislativo, en una etapa distinta y en cumplimiento al artículo 123 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, elija con el voto favorable de las dos terceras partes del total de los diputados, a los cinco titulares y a los cinco suplentes.
Adecuado será que sean electos tres hombres y dos mujeres, tanto en los titulares como en los suplentes, elogiable sería que no se les eligiese por vínculos personales o partidarios, sino más bien por su preparación y actuación en el ejercicio de su vida pública y privada.
Se requiere que los magistrados tengan las mismas calidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, no debe cometerse el error de pretender que su experiencia sea similar por cuanto sus labores son distintas y por ello, es sumamente importante su conocimiento y experiencia administrativa, su experiencia en materia electoral, en materia política, lo cual conlleva, aunque no lo especifique la ley, que conozcan la realidad política del país y de los partidos políticos.
Los diputados están en su pleno derecho de escoger a cualquiera de los cuarenta nominados, por cuanto esta etapa es nueva y distinta a la que realizaron los miembros de la Comisión de Postulación. Si me correspondiera elegir consideraría seriamente a Hugo Leonel Maúl Figueroa, Arabela Elizabeth Castro Quiñónez y César Augusto Conde Rada; con los tres he compartido, por diferentes razones, años de trabajo. Con Arabella compartí cinco años en el Congreso de la República, en distinto partido y distinta bancada; con los otros dos, año y medio en la comisión que estudió y propuso las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en cumplimiento a lo estipulado por los Acuerdos de Paz. También compartí con dos de ellos en mi calidad de Fiscal Metropolitano y General del Frente Republicano Guatemalteco en dos distintos eventos electorales.
En cuanto a los otros siete profesionales que el Congreso deberá de escoger, el análisis no es fácil, en lo que sí insisto es en que la madurez, la experiencia, la integridad y la firmeza deben ser los atributos para su escogencia y no la relación partidaria o personal. En todo caso, el Congreso de la República y la totalidad de sus diputados darán una muestra clara a la ciudadanía con su votación y escogencia de cuáles han sido los valores y los principios que les han guiado a elegir a quienes en los próximos seis años se desempeñarán como magistrados.
Sería una buena referencia que los 40 postulantes hicieran saber si van a reducirse los sueldos, beneficios y prestaciones personales y cómo van a hacer para eficientar y desburocratizar al TSE.
¡Guatemala es primero!