Aunque por fuera parecen centros de detención normales, las cárceles funcionan con un complejo sistema de lucha de poderes y corrupción, donde los más fuertes siempre ganan a la fuerza y los más débiles viven en lo que parece un infierno. La diferencia la hace el “dinero” y las influencias.
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*Gonzalo ya pasó detenido un año y medio en una prisión ubicada a las afueras de la Capital, debido a que fue acusado por violencia contra la mujer y un juez dictó una orden de prisión en su contra.
Aunque inicialmente pagó Q5 mil como medida sustitutiva para evadir la prisión, después no pudo hacer otro pago de Q10 mil y, finalmente, fue trasladado a la cárcel donde ahora convive, tras ser condenado, junto a criminales de alta peligrosidad y es una víctima más de la corrupción en Presidios y de la falta de políticas de separación de reos.
“En mi sector hay 98 personas acusadas de secuestro, asesinato, robo; hay de todo. Yo no soy un asesino, pero vine a parar aquí porque soy pobre; le pegué a mi esposa y no tengo para pagar una fianza que me impuso el juez”, refiere el detenido.
Según explica, convivir con criminales no es fácil ya que cada uno tiene su “propio temperamento” y vive en la cárcel según sus posibilidades y habilidades.
Dependiendo del dinero para pagar sobornos e influencias, en las prisiones hay detenidos que duermen en planchas de cemento, hacinados y en espacios insalubres, mientras que otros pueden dormir en habitaciones cómodas, con el mobiliario y equipo que se les antoje, incluso, con acceso a la comida rápida que solicitan a través de los guardias de Presidios.
Los reos con perfiles peligrosos pueden adquirir teléfonos celulares y alquilarlos a los detenidos “pobres”, quienes al no poder comunicarse con sus familiares, porque no pueden comprar una tarjeta de Q5 para usar los teléfonos instalados en prisión, deben rentar uno de estos aparatos. El costo por minuto es de 0.25.
“Aquí todo tiene un costo, hasta tu vida. Cuando me detuvieron tuve que pagar Q700 de ‘talacha’ –una extorsión que piden los internos para no ser golpeados por los “fuertes” del sector– y me pidieron ese dinero porque vieron en mi expediente que era recolector de basura y no ganaba la gran cosa”, relata Gonzalo.
Según el entrevistado, el negocio de la talacha depende básicamente de dos personas: del alcaide –guardia o funcionario encargado de la celda o sector, trabajador del SP– y del vocero –representante de los detenidos–, quienes planifican la forma cómo será sometido el “nuevo inquilino” de la prisión.
Las denuncias recopiladas refieren que a los detenidos por secuestro, extorsión, o sicariato se les exige más dinero cuando son sometidos por alcaides y voceros, pues saben que sus crímenes les han permitido reunir fuertes sumas de dinero. Por tanto, si pretenden vivir “cómodamente”, deberán pagarlo.
“Aquí sos feliz si tenés dinero, porque podés comprar y entrar lo que querrás; en cambio, los que no, tenemos que estar basureando”, dice con una evidente tristeza el privado de libertad.
En la prisión donde se encuentra Gonzalo, no hay fuentes de empleo que dependan de Presidios y son los reos más poderosos e influyentes quienes administran los negocios de comida, billar, lustre de zapatos, etc., como se pudo constatar.
“Yo hago de todo aquí adentro. Me levanto temprano. Me voy a hacer redes –me pagan Q9 por docena–; trato de hacer todo lo que pueda para no estar en mi sector y agenciarme de unos centavos, para mi mamá y mis hijas”, refiere el joven de 28 años, quien debe purgar una condena de cinco años.
El entrevistado agrega: “Aquí podés hacer lo que se te dé la gana. Si querés dormir, si querés extorsionar, jugar pelota, lo que querrás. Tiempo es lo que sobra y trabajo es lo que falta. El único momento en que te controlan es cuando hacen los conteos, a las seis de la mañana y a las cinco de la tarde”, explica.
La versión de varias personas detenidas refiere que hay otros negocios oscuros como el de extorsión que consiste en entregarles a varios detenidos un celular por determinado tiempo. Los mismos privados de libertad comparan sarcásticamente esas acciones con la activación de un “call center”.
En este reportaje, La Hora no intenta reducir la importancia de la lucha en el combate a la violencia intrafamiliar; la intención es hacer una resaltada explicación sobre el retorcido sistema actual de mezcla de población carcelaria.
PROCESO Y EFECTOS
El caso de Gonzalo fue planteado a Julián Shaad, subdirector ejecutivo y de recursos humanos del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDDP), quien explicó lo que posiblemente sucedió en el caso del sindicado y los efectos que conlleva esta situación.
“Muchas veces estas personas no entienden el lenguaje jurídico o no comprenden estas situaciones y tienden a equivocarse. Por lo que me cuenta, presumo que él pagó una medida sustitutiva y después le pusieron una condena conmutable; pudiera ser que el abogado haya tramitado que la medida sustitutiva fuera un pago parcial de la pena. Es una suposición en casos como estos”, indica.
El profesional resaltó la importancia de identificar los delitos y las faltas, pues nadie está exento de ello, pero lo preocupante es cuando estas personas se mezclan con otras sindicados por delitos de alto impacto, como los criminales de alta peligrosidad.
“Yo siempre he dicho que con el Derecho Penal no se debe jugar, ni se debe manosear, porque ningún ser humano está libre de un accidente de tránsito, de una mala persona que nos vaya a implantar pruebas. Por eso es que la Defensa Pública lucha tanto por mantener el sistema pre democrático del país, el sistema de protección de los derechos humanos, el sistema de protección de garantías para que todas las personas sean juzgadas como lo mandan los instrumentos de Derecho Internacional, la Constitución y nuestros mismos códigos, es decir, con todas las garantías de la Ley”, refiere el profesional.
Según el experto la ausencia de clasificación de detenidos es un indicador que debe tomarse en cuenta para identificar las causas de los problemas actuales.
“Voy a hacer una analogía, ¿qué pasaría si metemos a niños de párvulos con jovencitos de bachillerato? Obviamente son experiencias distintas, trayectos de vida distintos. Realmente creo que ni en el tema sociológico, psicológico y jurídicamente es conveniente que personas que tienen una trayectoria de más tiempo de prisión, pudieran estar con personas que llegan por primera vez a la cárcel o recién llegan, porque entonces estamos faltando al principio de rehabilitación y reinserción social”, dice.
SIN SEPARACIÓN
Según estimaciones de la Coordinación de Defensores de Oficio del IDPP, de cada 10 personas detenidas a 7 se les dicta prisión preventiva y 3 falta de mérito.
La cantidad de “sindicados”, que diariamente ingresa al Sistema Penitenciario (SP) y se mezcla con perfiles peligrosos, reincidentes y reos, incide negativamente en la sociedad, según expertos y analistas.
De acuerdo con el IDPP, privar a una persona de su libertad no es la mejor solución para atender el problema de seguridad, por el contrario, se agrava por la falta de control y clasificación idónea de los detenidos.
A criterio de Ana María de Klein, de la organización Madres Angustiadas, mezclar a tantas personas en una prisión tendrá consecuencias negativas que provocarán altos índices de reincidencia.
“Tiene que haber una separación por tipo de delito, reincidentes, de primer ingreso. Con este sistema lo que estamos asegurando es que la gente que entró por primera vez siga entrando, porque se va a contaminar al vivir con reos peligrosos”, explica.
Según la entrevistada, la situación actual detona en los ilícitos planificados desde la cárcel, que son constantes y que afectan a los ciudadanos del país.
“Es un peligro constante, porque de ahí salen directrices para cometer todo tipo de delitos, sicariato, secuestros, extorsiones, todo. Es la mayor fuente de salida de órdenes para cometer ilícitos”, dice.
MÓDULOS EN AGOSTO
Édgar Camargo, director del SP, fue consultado por la falta de control y clasificación en los centros; admitió la complejidad del problema y explicó que en agosto próximo está previsto que se utilicen los módulos de deshacinamiento.
“Nosotros calculamos que si todo sale con la cronología que tenemos, en julio o agosto ya podríamos utilizar los módulos”, indicó.
Según el funcionario actualmente realizan una reclasificación de los detenidos, los ubican por áreas separadas durante las primeras 24 horas de su resguardo y posteriormente los asignan en las áreas donde les corresponde.
“Dependiendo del grado o de falta, delito que tienen, si son personas en condición preventiva o en cumplimiento de condena. Dentro de lo que estamos previendo cuando tengamos nuestros módulos de deshacinamiento es tener una completa readecuación y reubicación de todos los privados de libertad por faltas o delitos”, refirió.
En el tema de la utilización de brazaletes, Camargo dijo que es el Organismo Judicial quien actualmente discute este tópico.
“Nosotros fuimos los que trajimos a la mesa el tema de los brazaletes, ahorita está en las manos del Organismo Judicial porque son los señores jueces los que tienen que determinar si es factible o no la utilización de los mismos, nosotros estamos dispuestos a utilizarlos en el momento que los jueces lo designen”, dijo.
El director de Presidios nuevamente fue consultado por la corrupción que impera en las prisiones, destacó que trabajan para erradicarla a través de diferentes acciones.
“Estamos viendo lo de la Política Pública Penitenciaria y la Escuela de Estudios Penitenciarios para que exista al 100 por ciento la carrera penitenciaria y poder evaluar y capacitar a los agentes penitenciarios nuevos y antiguos, estamos cambiando y sancionando aquel privado de libertad que nos llega la noticia que está metido en extorsión o pidiendo la talacha, o coaccionando a otro detenido, nosotros le levantamos una acta administrativa y lo sancionamos –quitarle su visita, ubicarlo en un área de aislamiento o cambiarlo de cárcel–”, concluyó.
*Nombre modificado.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA
Artículo 19.- Sistema penitenciario. El sistema penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de los reclusos y cumplir en el tratamiento de los mismos, con las siguientes normas mínimas:
a. Deben ser tratados como seres humanos; no deben ser discriminados por motivo alguno, ni podrán infligírseles tratos crueles, torturas físicas, morales, psíquicas, coacciones o molestias, trabajos incompatibles con su estado físico, acciones denigrantes a su dignidad, o hacerles víctimas de exacciones, ni ser sometidos a experimentos científicos.
b. Deben cumplir las penas en los lugares destinados para el efecto. Los centros penales son de carácter civil y con personal especializado.
c. Tienen derecho a comunicarse, cuando lo soliciten, con sus familiares, abogado defensor, asistente religioso o médico, y en su caso, con el representante diplomático o consular de su nacionalidad.
La infracción de cualquiera de las normas establecidas en este artículo, da derecho al detenido a reclamar del Estado la indemnización por los daños ocasionados y la Corte Suprema de Justicia ordenará su protección inmediata.
El Estado deberá crear y fomentar las condiciones para el exacto cumplimiento de lo preceptuado en este artículo.
Gonzalo.