La Corte de Constitucionalidad: Nuevamente en riesgo su independencia


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Entre los temas más controversiales del 2013 destacaron las decisiones de la Corte de Constitucionalidad (CC) sobre el funcionamiento del Organismo Legislativo, que abrieron nuevamente a debate los límites de la máxima autoridad constitucional en su ámbito de decisión y sobre la independencia del Congreso. ¿Cuál es la tendencia en la relación de la justicia y el poder en Guatemala?

POR JODY GARCÍA
jgarcia@lahora.com.gt

Al pleno de la Corte de Constitucionalidad han llegado casos determinantes para el país con los que se ha abierto el dilema sobre los límites en el campo de acción de la institución, que a criterio de analistas, parece difuminarse cada vez más.

Desde su origen, la polémica sobre su independencia ha sido cuestionada. Fallos como el caso “Belice” y el sector eléctrico en tiempo de Jorge Serrano Elías, las decisiones sobre la privatización de los bienes del Estado en el gobierno de Álvaro Arzú, entre otros, son los mejores ejemplos de una Corte que ha sido cuestionada por prestarse a los intereses de los sectores con el poder económico y político.

En los últimos años se ha observado, con más fuerza en el Organismo Legislativo, una tendencia a plantear un amparo ante cualquier inconformidad, para que sea la CC quien tome la última decisión y que emita un fallo inapelable, que siente un precedente, o para avalar el actuar político de un grupo.

Pero, ¿en qué momento ambas instituciones –justicia y política– cruzan los límites? ¿En qué momento se compromete la independencia de los jueces y magistrados por el interés de los políticos de ampliar su esfera de poder?

INDEPENDENCIA COMPROMETIDA, DESDE SIEMPRE

El vínculo entre la política, los poderes económicos y las resoluciones de la CC no es un asunto nuevo, y tiene antecedentes casi desde la creación del mismo máximo órgano constitucional.

Así lo afirma Jorge Mario García Laguardia, doctor en Derecho y experto constitucionalista, quien opina que es una tendencia general que tribunales constitucionales pierdan su independencia para vincularse a intereses políticos o económicos.

“Hay un estudio de Centroamérica que establece cómo los tribunales constitucionales han sido cooptados por intereses políticos y económicos extraños violando su autonomía, y es muy importante que los tribunales mantengan esa autonomía para poder desarrollar su papel correctamente”, explica.

Y es que las influencias no solo abarcan temas políticos, sino que en su mayoría económicos, que afectan asuntos de todas las esferas de Guatemala.

“Pero este no es un problema solo de la Corte Constitucional de Guatemala, sino de los tribunales constitucionales de América Latina. La debilidad está en la falta de cultura política y de decencia de los ciudadanos de los países”, añadió.

Al ser consultado de la capacidad de influencia de los poderes fácticos sobre las decisiones de la Corte, García Laguardia dice enfático: “Total, los poderes fácticos dominan el país y en todos los países en el mundo actual ésta es la situación en la que se está viviendo; es muy difícil que haya funcionarios independientes ante los poderes fácticos tan importantes y tan fuertes que se han desarrollado en el mundo”.

Ante esto el régimen democrático se debilita y se agrava la crisis en la que se encuentra, ya que los intereses de grupos ocultos afectan todo en el país, “absolutamente todo”, repite.

Y si la tendencia es que cada vez las influencias sean mayores, lo que toca es que empeore, indica el entrevistado, ya que al retroceder a los antecedentes de las Cortes “no se ve que se detenga”.

“Es algo que avanza en todo momento, no solo en la CC, sino también en el Tribunal Supremo Electoral, en la Corte Suprema de Justicia, con todas las instituciones”; acota, y concluye que el problema no es el mecanismo de elección de los magistrados, sino de la responsabilidad ciudadana frente a la designación de las personas.

CUANDO SE AGOTA EL DISCURSO

“Como se señala en la academia y particularmente en la ciencia política se dice que la progresiva judicialización de la política, ha hecho que la justicia pase a ser una especie de tercera instancia del juego democrático, por supuesto, con el riesgo de que ella misma se politice y se involucre en los conflictos y enfrentamientos políticos”, opina Mauro Chacón, magistrado de la CC.

Como ejemplo citó el caso de la sentencia de oficio dictada por la CC, en el caso del “autogolpe de Estado del expresidente Serrano Elías”, en donde la Corte, sin necesidad de petición de una parte interesada, como ocurre en cualquier proceso, emitió ese histórico fallo que defenestró al Presidente de la República por violación expresa del texto constitucional.

Por otro lado, el magistrado explica que el fenómeno de la judicialización de la política no es nuevo en el funcionamiento de los poderes, ya que en el país y en muchos otros del orbe desemboca en la politización de la justicia, pues los jueces se vuelven actores capaces de decidir el rumbo de la política, porque “pasan asimismo a ser objeto de sospechas de parcialidad, ya que nadie es inmune al ambiente ni a las conclusiones que se forman en una sociedad transparente”.

“Son numerosas las controversias políticas que acaban judicializándose, ya sea en materia penal, contencioso-administrativa o constitucional, y excesiva la carga que se arroja sobre los órganos judiciales”, indica.

Chacón enfatiza en que las relaciones entre justicia y política, en cualquier tiempo y país, son además de difíciles, complejas, polémicas y que no sorprende a nadie.

“Resulta obvia la tendencia del poder político que trata siempre de ampliar su esfera de control del andamiaje judicial, y por supuesto, el reto de cualquier sistema de justicia es proteger su independencia. Y, como señalan los académicos, el nivel de convulsión que acompaña el acontecer político tiene, entre otros efectos perjudiciales, el de judicializar una cantidad desmesurada de debates que no debieran salir del ámbito político, frecuentemente forzando los instrumentos jurídicos para obtener a través de cauces procesales lo que no se ha obtenido en el terreno del juego democrático”, acota.

Por otro lado, refiere que los límites de actuación de la CC son marcados por los otros organismos de Estado, que al encontrarse sin salida o con un discurso agotado, acuden a la CC para que les solucione sus problemas. Esto al ser consultado sobre el perímetro de actuación de la Corte, ante la constante interposición de amparos que determinan caminos políticos, principalmente interpuestos por el Organismo Legislativo.

“De esa cuenta es fácil comprender el alcance de la Corte, pues si su función esencial es la defensa del orden constitucional, dice la Constitución, cuando ese orden falla, la intervención de la Corte se precisa”, explica.

Y argumenta: “Por tal motivo, intervino en la suspensión a la interpelación del ministro, porque antes está la observancia a los mandatos constitucionales que las actuaciones del ente político por naturaleza –el Congreso de la República– y, si bien la norma constitucional establece que “ni el Congreso en pleno, ni autoridad alguna, podrá limitar a los diputados al Congreso el derecho de interpelar…”; la norma se refiere a autoridad administrativa pero no a la actuación de la CC”.

RECUPERAR LA INSTITUCIONALIDAD

Renzo Rosal, analista político de la Universidad Rafael Landívar, considera que la justicia está vinculada a diversos ámbitos de la vida, por lo que pensar que la misma no puede vincularse con otros elementos es irrealista.

“Politización de la justicia, es entender que la dinámica de la justicia, o la aplicación de la misma tiene que ver con el fenómeno de poder; y no veo que sea 100 por ciento negativo. Pero la otra parte si la veo complicada: la judicialización de la política”, afirma.

Para Rosal el tema estriba en la independencia judicial, cuando se soslaya y se deja en un segundo plano este principio, alterando así un punto básico de la justicia.

Sin embargo, para el analista hay otra situación que en materia de resoluciones judiciales despierta cuestionamientos del máximo ente de justicia del país, por su relación con los políticos de turno.

“Justicia acomodaticia, que se acomoda a las circunstancias, al momento y a la coyuntura, que se acomoda justo al juego de los actores, dependiendo de quién gobierna, de qué partido… es preocupante”, enfatiza.

Al mismo tiempo de que se quiebra el principio de independencia judicial, se va reduciendo la confianza ciudadana en la justicia, ya afectada en Guatemala. En ese sentido Rosal manifestó que en el país, pese a que las herramientas para impartir justicia se han ido perfeccionando, no implica que aún existan tensiones permanentes para acomodarla.

“Existen tensiones fuertes, pero poco a poco se ha ido tratando de perfeccionar la independencia judicial, y esos no son logros, sino que son banderas que cada vez se reconocen con mayor importancia”, opina.

También considera importante resaltar que ha ido ganando terreno la institucionalidad de la justicia, entendiendo la sociedad que no es cualquier entidad y que por lo tanto tienen un perfil particular de funciones y personal que forma parte de ellas.

«LOS DE ANTES»

Las resoluciones de la CC han definido la política y la justicia del país; decisiones como declarar que Efraín Ríos Montt era aceptado como candidato a la presidencia; decir que no a las aspiraciones políticas de Sandra Torres, y anular una sentencia de 80 años por el delito de genocidio, dictada en contra del mismo Ríos Montt, han levantado cuestionamientos sobre la independencia del máximo tribunal constitucional del país.

Entonces, que tanta distancia que separa a los actuales magistrados de los “originales”, aquellos profesionales del derecho que de forma enfática se pronunciaron de oficio y dejaron sin efecto las “Normas Temporales del Gobierno”, decretadas por Jorge Serrano Elías, que en mayo de 1993 dispuso disolver el Congreso, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la CC incluso de remover de su cargo al Procurador General de la Nación y al Jefe del Ministerio Público.

En relación a esto, Rosal expone que la CC es una institución que cada vez más se ha ido colando a la coyuntura, haciendo de sus resoluciones fallos confusos, por lo que manifiesta que se han evidenciado procesos de debilitamiento de la independencia judicial.

En ese sentido dijo que es de suma importancia prestar atención a los procesos de elección de este año, porque el siguiente objetivo político son más, que la CC, las Salas de Apelaciones.

DEBILITA EL ESTADO DE DERECHO

Lorena Escobar, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), explica que las entidades políticas están utilizando a las instituciones jurídicas para responder temas que son de su responsabilidad, ante las debilidades que ambos organismos presentan.

“El Congreso ante la incapacidad que tiene para arribar a un consenso, y el mal uso de las figuras jurídicas como la interpelación, ha solicitado a la Corte de Constitucionalidad que entonces emita opiniones sobre la interpelación y la interrupción de la misma”, señala.

La entrevistada afirma que existen actores políticos que buscan influir sobre las decisiones de los órganos judiciales, y en algunos casos logran su cometido.

Esto termina en un desgaste para los órganos políticos, ya que se genera una codependencia en las decisiones de entes jurídicos y debilita su actuar, indica y agrega que produce una falta de claridad en el actuar de los partidos políticos que también conlleva a un desgaste de la justicia por buscar resolver problemas netamente políticos.

EN BASE A LEYES

Por su parte, el abogado Alfonso Carrillo, opina que la politización de la justicia busca impregnarle a la administración de justicia un contenido político. La administración de justicia debe basarse en el estricto respeto a la Constitución Política de la República y a las leyes del país.

“Para asegurar que la administración de justicia se base en la ley, los jueces y magistrados deben ser independientes e imparciales. El acceso a jueces y tribunales independientes e imparciales, es un derecho humano”, subraya.

En ese sentido señala que la independencia e imparcialidad judicial se debe reflejar en la creación e implementación de mecanismos que aseguren:

Un proceso de selección transparente, en que se asegure que los jueces nombrados o los magistrados electos sean de honorabilidad comprobada, capaces, idóneos y honrados; la inamovilidad de los jueces y magistrados por el período para el que se les nombró o eligió; la existencia de una carrera judicial, así como de criterios y procedimientos objetivos para el ingreso a dicha carrera; y para ascensos, traslados y permutas.

Además de procedimiento disciplinario en que se respete el derecho de defensa, y se cumpla el principio del debido proceso; e independencia económica.

Por su parte, la abogada Gladys Anabella Morfin, también expresidenta del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), opina que es la CC quien debe establecer los límites de su actuación, principalmente en temas políticos.

Esto para no interferir en las funciones que la Constitución le atribuye al Congreso de la República, por ejemplo.

Entrevista
“Si factores fácticos lo exigen en la actualidad, haríamos lo mismo”

Mauro Chacón, magistrado de la Corte de Constitucionalidad, sobre la resolución de los magistrados que en 1993 detuvieron el “serranazo”.

Se dice que la Corte de Constitucionalidad más allá de ser ente de justicia es político ¿Qué opinión le merece esto?
  Esto es algo consustancial y natural en los países en donde existen Tribunales o Cortes Constitucionales independiente del Poder Judicial (y no propiamente Organismo Judicial como ocurre en Guatemala), pues es la propia Carta Fundamental la que así lo dispone, sino basta leer la denominación de la misma que dice “Constitución Política de la República de Guatemala” y abrirla para percatarse de la intervención de la misma en todas las esferas del poder, a través de la regulación de las dos garantías más utilizadas en nuestro medio, que son: la acción de inconstitucionalidad y el amparo, que por definición no tiene límites, puesto que la propia norma constitucional así lo dice: “… no hay ámbito que no sea susceptible de amparo…” (Art. 265).

De esa cuenta, a la CC, llegan y se conocen amparos no sólo contras los tres poderes del Estado, sino contra cualquier otra dependencia gubernativa, descentralizada u autónoma, incluso procede contra particulares cuando actúan con funciones de autoridad, un club deportivo o una sociedad en donde se expulse a un socio sin darle audiencia. En España le consultan al Tribunal Constitucionalidad hasta el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. Con nosotros lo atacan por la vía del amparo o cuestionan su constitucionalidad.

¿Cree que la tarea de defender la Constitución varía de acuerdo a la óptica de cada magistratura?
No debería ser de esa manera, pero la Corte se integra con magistrados que tienen su origen en diferentes estamentos y da lugar a que la población piense que por su designación así es su actuación, aunque la actual magistratura ha demostrado mayor profesionalismo e idoneidad, y a diferencia de otras, su actuación es menos controversial, pero recuerde que, como le indique anteriormente también tiene connotación política por la misma denominación de nuestra Constitución Política.

¿Cómo el máximo ente constitucional del país evita la politización de la justicia?
Conforme aparece concebida la Constitución en la estructura del Estado, resulta casi imposible evitar la politización de la justicia, puesto que los otros organismos también intervienen directa o indirectamente en la misma. En tanto y en cuanto le corresponde al Congreso de la República la escogencia y designación de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Cortes de Apelaciones y la injerencia del Ejecutivo en el nombramiento de la Fiscal General, es inevitable. En otros países como Colombia y Perú, se han institucionalizado El Consejo General de la Magistratura, o el Consejo General del Poder Judicial, en España, que es el ente encargado de la carrera judicial y de la designación de jueces y magistrados, que son escogidos por su capacidad, idoneidad y preparación, lo que significa una injerencia mínima de los entes políticos en la administración e impartición de justicia, lo que permite que sea menor la politización de la justicia. Mientras no exista una verdadera carrera judicial, las cosas seguirán como están, pues cada cinco años, los abogados o jueces interesados en ser magistrados (de Sala o de la Corte Suprema), además de pasar el filtro politizado de las Comisiones de Postulación, tendrán que hacer romería al Congreso de la República para buscar su designación, por lo cual la dependencia no termina y se vuelve un círculo vicioso y viciado.

Haciendo un repaso de las actuaciones de la Corte de Constitucionalidad desde su creación, como se observa el desarrollo de la independencia en la institución, ¿Se ha fortalecido o se ha debilitado?
Pienso que se ha fortalecido con el paso del tiempo y con el apoyo de las diferentes fuerzas gremiales, sociales y políticas, porque a diferencia de otras Cortes de Latinoamérica (caso de Fujimori en el Perú y otros países), a la guatemalteca se le ha respetado y lo principal, obedecido y cumplido sus fallos y es lo que han reconocido y puesto de ejemplo en otros países, sus juristas.

¿Qué tanta brecha hay entre aquel pleno de magistrados de detuvo el golpe de Jorge Serrano Elías y el actual?
Creería que sólo el tiempo transcurrido o los magistrados de aquélla época eran más conocidos en el medio forense-académico-político. Pero tenga la seguridad que si factores fácticos lo exigen en la actualidad, haríamos lo mismo, con valentía e integridad que para eso fuimos designados.

“Hay un estudio de Centroamérica que establece cómo los tribunales constitucionales han sido cooptados por intereses políticos y económicos extraños violando su autonomía, y es muy importante que los tribunales mantengan esa autonomía para poder desarrollar su papel correctamente”.
Jorge Mario García Laguardia
Doctor en Derecho y experto constitucionalista

“Politización de la justicia, es entender que la dinámica de la justicia, o la aplicación de la misma tiene que ver con el fenómeno de poder; y no veo que sea 100 por ciento negativo. Pero la otra parte sí la veo complicada: la judicialización de la política”.
Renzo Rosal
Analista político