El pasado 14 de enero las expectativas y los análisis sobre el esperado discurso del Presidente de la República, Otto Pérez Molina, al respecto de su informe de Gobierno, quedaron relegados a un segundo plano por un incidente en el que la Vicepresidenta, Roxana Baldetti, fue agredida al momento de que se retiraba del acto en cuestión.
Según se ha desprendido posteriormente de múltiples noticias vertidas por todos los medios que cubrían el evento, las atacantes de la Vicemandataria fueron las jóvenes Daira Cristal Cotom Florián y Geraldine del Cid, las cuales vertieron un polvo blanco, supuestamente harina, a Baldetti, lo que provocó que esta última fuera trasladada a un centro hospitalario privado y que las atacantes y dos supuestos cómplices se encuentren ahora siendo procesados por los delitos de desorden público, atentado contra altos funcionarios y encubrimiento propio.
El artículo 384 del Código Penal determina que comete delito de atentado contra altos funcionarios quien atentare contra la vida, la integridad corporal o la libertad del Presidente de la República, de cualquiera de los Presidentes de los otros organismos del Estado o del Vicepresidente de la República. Estableciendo el mismo artículo una pena de prisión, para quien resulte responsable por la comisión de dicho delito, de entre cinco y quince años.
Para cualquiera de nosotros, en una primera instancia, podría resultar desproporcionado el hecho de que por arrojar esa supuesta harina a la Vicepresidenta estas personas se encuentren ahora ligadas a proceso y que puedan enfrentar penas de hasta 15 años de prisión, sin embargo, debe de entenderse que el bien jurídico tutelado en este caso, es decir aquello que trató de proteger el legislador al momento de crear el delito, es la calidad de dignatarios de la Nación que ostentan o tienen aquellas personas que ocupan las distintas presidencias de los organismos de Estado o quien ocupe la Vicepresidencia de la República, toda vez que esas personas, al tener esas calidades nos representan a todos los guatemaltecos y debe existir una norma que por su peculiar sanción persuada a cualquiera de intentar una acción como la que ahora se comenta.
Se podrá considerar que este Gobierno ha sido malo o bueno, se podrá afirmar que estos gobernantes han robado o no. Yo particularmente considero que este Gobierno ha dejado ir otra oportunidad como tantos otros, en fin, lo que no es posible es que se atente en contra de la dignidad y la integridad de las personas que al resultar electas y al ocupar cargos de tal importancia, conjugan su calidad de personas, en el caso de la Vicepresidenta su calidad de mujer y la calidad de dignataria de la Nación.
Por supuesto el caso amerita que se inicie un proceso y que se deduzcan responsabilidades a los autores materiales, intelectuales y a sus cómplices. Cualquier descalificación que se considere pueda tener la persona agredida no justifica bajo ninguna circunstancia que se atente en contra de su integridad, mucho menos en contra de una persona que se encuentra investida de autoridad.