Los funcionarios públicos de medianos y altos escalafones tienen asignados o contratan asesores en diversas disciplinas, especialmente en lo que atañe a la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico, para no incurrir en graves errores, lo que, por elemental lógica, se aplica esencialmente al Presidente y la Vicepresidenta de la República; pero pareciera que los señores Otto Pérez y Roxana Baldetti o se han empeñado obstinadamente a que se ejecute su voluntad de acuerdo con criterios empíricos y muy personales, o no han acudido al discernimiento de los peritos más idóneos para que los asesoren apropiadamente, a fin de que sus resoluciones sean acordes a fundamentales principios de respeto y acatamiento a la Ley.
Anoto este enunciado porque surge la impresión de que los mandatarios se han propuesto atizar las llamas del rechazo, la antipatía e inconformidad que se avivan espontáneamente entre los guatemaltecos, al margen de los esfuerzos en este sentido de sus opositores políticos; o que sus más cercanos colaboradores son los que porfiadamente impulsan al binomio presidencial a transgredir deliberadamente normativas de clara acepción y aceptación, para que la gestión de esa pareja sea objeto del repudio no sólo de segmentos ilustrados de la colectividad, sino de la población en general.
Traigo a cuenta esos conceptos a propósito de las decisiones de los más conspicuos personajes del Ejecutivo de pretender que el presidente de elPeriódico fuera sujeto a procesos judiciales en tribunales del orden común, cuando cae de su peso que los supuestos delitos que los mandatarios atribuyen al periodista José Rubén Zamora están contemplados en la Ley de Emisión del Pensamiento, que, como se ha repetido en editoriales y columnas de opinión durante estos días, tiene jerarquía constitucional, y por ello mismo, prevalece sobre normas ordinarias, conforme al artículo 35 de la Constitución Política.
Personalmente no comparto la modalidad del citado diario de publicar informaciones que no siempre son verificadas y verificables porque algunas o muchas de las notas que se publican dominicalmente se basan en rumores o especulaciones, susceptibles de causar perjuicios a la reputación y honorabilidad de personas que pudieran no ser responsables de hechos que se les imputan, sean funcionarios públicos o no; pero que atraen la morbosidad de los lectores.
Pero Zamora también ha expresado severas críticas a los gobernantes con su firma, así como su matutino ha publicado informaciones sobre supuestos hechos de corrupción, con datos precisos y fotografías, al amparo de lo que establece el artículo 35 constitucional que advierte que no constituyen delitos o faltas las publicaciones que contengan denuncias, imputaciones o críticas a funcionarios y empleados públicos por actos imputables a sus cargos, mientras que la ley específica determina el derecho de aclaración, en primer lugar, y, luego, el artículo 48 de esa normativa establece que “Los delitos y faltas en la emisión del pensamiento por los medios de difusión serán juzgados privativamente por un jurado que declare, en cada caso, conforme a su leal saber y entender, si el hecho es constitutivo de delito o falta, o no lo es”.
El Presidente y la Vicepresidenta tienen derecho de defenderse, pero utilizando el procedimiento correcto, que sus abogados han de conocer, para orientarlos, si éstos cumplen debida y lealmente con sus funciones, sin caer en la lambisconería.
(Ya escrito y enviado este texto a Redacción de La Hora, mi asesor Romualdo Tishudo me indica que los señores Pérez Molina y Baldetti rectificaron y optaron por desistir de la querella contra Zamora por la vía ordinaria, y plantearán sus demandas a un tribunal de imprenta, que resolverá las acusaciones).