La Corte de Constitucionalidad (CC) amparó a Efraín Ríos Montt, para que un juez fundamente por qué motivo rechazó otorgarle la amnistía instituida por Oscar Humberto Mejía Víctores, en el decreto 8-86. Por la resolución, surgen reacciones que reviven la agitación en torno al caso por genocidio en el área Ixil.
redaccion@lahora.com.gt
La tarde de hoy los sujetos procesales en torno al caso contra Ríos Montt serían notificados del fallo emitido ayer por el máximo tribunal constitucional.
Martín Guzmán, secretario de la CC explicó que en la resolución firmada con cinco votos a favor y dos votos razonados, se ordena que la Sala Primera de la Corte de Apelaciones envíe el expediente al juez Miguel Ángel Gálvez, para que fundamente los motivos por los cuales declaró sin lugar el incidente de extinción de responsabilidad penal.
En vista de que el proceso pasó a manos de la jueza Carol Patricia Flores, será ella quién en un plazo de 5 días luego de recibir la notificación, deberá resolver si Ríos Montt es beneficiado o no con la amnistía contenida en el decreto 8-86.
FALLO INAPROPIADO
Los magistrados titulares Mauro Chacón y Gloria Porras votaron en contra de este amparo, ya que consideraron que Gálvez sí fundamentó su decisión de forma correcta.
En su voto razonado, Chacón también dijo que no existe un conflicto de leyes en el tiempo (Decreto 8-86 derogado por el Decreto 145-1996, Ley de Reconciliación Nacional), ya que los delitos imputados a Ríos Montt, genocidio y deberes contra la humanidad, “desde cualquier punto de vista, no pueden catalogarse como delitos políticos o conexos con estos”.
El magistrado además manifestó que el amparo otorgado al general retirado “omite por completo cualquier referencia al Derecho Internacional”.
Por último Chacón resaltó que “la incoación del proceso penal contra el postulante no conlleva una condena anticipada en su contra; por el contrario, será en el trámite de la causa –en el debate–, que aquel podrá hacer valer sus medios de defensa, argumentando lo pertinente y aportando los elementos de convicción que estime convenientes, a fin de desvirtuar la pretensión punitiva promovida por el Ministerio Público.”
REACCIONES
Héctor Reyes, abogado del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) indicó que esperan ser notificados de la resolución, sin embargo adelantó que la CC no podría darle la amnistía por el decreto 8-86 a Ríos Montt, ya que el mes pasado le negó ese beneficio a Héctor Mario López Fuentes.
Por su parte, Jaime Hernández, abogado de Ríos Montt señaló que esperan que un juzgado confirme la extinción de la persecución penal contra su cliente, mientras que el abogado Moisés Galindo manifestó que amnistía fue dada para todos los involucrados en el enfrentamiento armado.
El abogado y diputado de Winaq, Amílcar Pop dijo que es ilegal anteponer una legislación ordinaria, -decreto 8-86- ante un derecho constitucional y frente a un convenio internacional.
“La lucha por la pelea de los derechos humanos es asunto de orden mundial que no puede ser superado por una norma ordinaria”, con esto el legislador opinó que con el fallo de la CC el país estaría retrocediendo “gravemente”.