El Ministerio de Educación definió normas para apertura de nuevas escuelas, en término de cantidad de alumnos y distancias de los establecimientos educativos, por medio de un reglamento emitido bajo el acuerdo ministerial 4025-2012.
POR REDACCIÓN INTERNET
lahora@lahora.com.gt
El Reglamento para el estudio de la demanda educativa y la creación de puestos docentes en centros educativos oficiales acuerda la distancia mínima para la creación de nuevos centros educativos, respecto de los centros que ya funcionan; por ejemplo, los centros educativos del nivel pre primario podrán construirse de aquellos que queden a 1kilómetro de distancia y los del nivel primario a 2 kilómetros.
La creación de nuevos centros educativos, a menor distancia, podrá ser autorizada por el Director Departamental de Educación correspondiente.
Asimismo el reglamento contempla la cantidad mínima de educandos para la creación de un centro educativo; para el nivel pre-primario la cantidad de alumnos debe ser de 25, para el nivel primario, 25 por grado y para el ciclo básico, 25.
También se contempla la asignación de docentes adicionales por grado o sección cuando se exceda el número de alumnos contemplados por grado; el acuerdo entrará en vigencia dos días después de su publicación en el diario oficial y será aplicado por las Direcciones Departamentales de Educación.
Espere más información en nuestra edición vespertina.