La Ley del ISO continuará vigente aunque la Actualización Tributaria traiga cambios al Impuesto Sobre la Renta, pero también podría pedirse su derogatoria, según expertos.
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Dentro de sus considerandos, la Ley del ISO establece que se hacía relevante para fortalecer los ingresos del Estado para así destinarse a las personas que más lo necesitan, de acuerdo a los principios de solidaridad que deben prevalecer entre los guatemaltecos, y hacía la salvedad de que ese impuesto estaría vigente hasta que se actualizara el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Sin embargo, desde su creación, el Impuesto de Solidaridad (ISO) es permanente, según Pavel Centeno, ministro de Finanzas Públicas.
El abogado Carlos Molina Mencos explica que cuando se hace una ley de impuesto temporal, y que éste posteriormente “queda vigente de por vida”, se debe considerar un “abuso del fisco”. A su criterio, la ley del ISO “debería ser derogada”, pero en el articulado no hay condiciones para hacerlo, por lo que la ley continuaría vigente. La situación es “abusiva, pero real”, acotó.
Si la ley estableciera dentro de alguno de sus artículos que estaría vigente hasta determinado tiempo, sería otra situación y eso daría espacio para tener certeza sobre el periodo de vigencia pero al carecer de este aspecto, el impuesto es permanente.
Sin embargo, Molina Mencos explica que “el considerando sí podría ser un argumento para solicitar la derogatoria, o la no aplicación de dicha ley”. Tendría que ser llevada a un tribunal que fallara en esa forma, pero incluso el efecto no sería automático.
SE SUSTITUIRÍA
Hugo Calderón, profesional en la materia, dijo que el ISO sustituyó al IETAAP (Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz) y, debido a que procede del período de gobierno de Álvaro Colom, autodenominado “Gobierno de Solidaridad”, si en algún momento perdiera vigencia, simplemente se podría sustituir con uno que tenga las mismas características y cambie de nombre, por ejemplo, a “Impuesto de Seguridad”, de acuerdo con la denominación del actual gobierno.
Los considerandos son los aspectos que se toman en cuenta para decretar una ley, son una introducción, pero las leyes son el articulado, explicó Calderón. “Se puede derogar una ley con otra ley, pero no a través de un considerando”, porque este último no es parte directa de la normativa.
Otro de los inconvenientes del ISO, según Calderón, es que a partir de la vigencia total de la Actualización Tributaria (enero 2013), es que contribuyentes que estaban exentos de este impuesto, a partir de enero de 2013 no lo estarán.
Sin embargo, según Calderón, este aspecto se tomará en cuenta desde 2013, pero muchos contribuyentes ignoran que el proceso ya va encaminado, pues se inició a partir de febrero de este año.