Pese a Actualización Tributaria, el ISO continuará como impuesto


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Con la entrada en vigencia de la Actualización Tributaria, que entre otros modificó el Impuesto Sobre la Renta, se pensaría que el Impuesto de Solidaridad dejaría de existir. Sin embargo, el ISO, desde su creación, sería un impuesto permanente.

POR LUIS ARÉVALO
larevalo@lahora.com.gt

El Decreto Número 73-2008, Ley del Impuesto de Solidaridad, entre sus considerandos, establece que para ese momento, se hacía “impostergable buscar los mecanismos que mantengan y fortalezcan la recaudación tributaria, que permita al Estado contar con los recursos financieros necesarios para el financiamiento de los programas de inversión social que demanda la población más necesitada, en tanto se promulgue una ley de modernización del Impuesto Sobre la Renta”.

La última parte de ese párrafo, daría lugar a pensar, de parte de los contribuyentes afectos a ese impuesto, que con la Actualización Tributaria aprobada este año el ISO dejaría de existir.

ES PERMANENTE
Según el ministro de Finanzas Públicas, Pavel Centeno, el ISO continuará su vigencia porque no se modificó. “Por supuesto que sigue vigente (…) el ISO nunca desapareció”, señaló el funcionario.

El ISO deviene de una reestructuración del Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP), que a la vez era un impuesto que fortalecía al ISR, que cambió de nombre en varias oportunidades, pero cuando se convirtió en el ISO pasó a ser “un impuesto permanente”, comentó Centeno.

El Ministro señala que “el ISO no es más que un anticipo al Impuesto Sobre la Renta y sigue vigente”, es decir, “se acredita al pago del ISR del siguiente ejercicio fiscal”.

AFECTA CAPITAL DE TRABAJO
Según el experto tributario, Mario Coyoy, de la firma Deloitte, “los considerandos de la Ley del ISO no forman parte de la ley como tal”, por lo que “lastimosamente”, aunque expresan que, en cuanto hubiese una nueva ley del ISR el ISO dejaría de existir, esa parte se puede obviar a consideración de las autoridades fiscales.

El caso de los considerandos de las leyes son las partes justificativas sobre la necesidad de la normativa, pero no implican la coercitividad de la misma. En síntesis, el ISO continuará vigente, a criterio del experto, pero pudo incluirse en su momento que sería temporal para no provocar oposición de parte de sectores productivos para su aprobación.

Si el ISO perdiera vigencia, que no es probable, podría dejar un agujero fiscal considerable, pues es “un aporte importante”, agregó.

Para Coyoy, uno de los inconvenientes del ISO para quienes están afectos, es que se afecta el capital de trabajo con el que cuentan, porque aunque el impuesto es acreditable al ISR o viceversa, a la larga “es un impacto en la liquidez de la compañía”, que continuaría afectando a los sectores productivos.

El experto tributario considera que en este caso no habría transgresión al marco jurídico, porque la ley continua vigente, pero “los motivos que se tomaron en cuenta para crear el impuesto hoy en día se están obviando”, pues ya existe la modernización al ISR contenido en la Actualización Tributaria.