Mediante una publicación en el Diario Oficial, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Organismo Judicial (OJ) aprobó que los jueces remitan por medios electrónicos las notificaciones por arraigo, embargo y anotación de demanda.
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Esto por medio del Acuerdo 55-2012, donde la CSJ refiere que a partir de mañana, vía internet, el Registro de la Propiedad, recibirá órdenes de embargo de bienes inmuebles y bienes muebles registrados, así como notificaciones del levantamiento de las mismas.
De la misma forma, los bancos del sistema, serán notificados de las órdenes de embargo de cuentas bancarias; mientras que la Dirección General de Migración (DGM) y la Policía Nacional Civil (PNC), recibirán por vía electrónica las órdenes de arraigo y levantamiento de las mismas.
En el acuerdo también se indica que el Registro Fiscal de Vehículos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), recibirá notificaciones de órdenes de embargo de vehículos y el levantamiento de dichas disposiciones.
En consecuencia, el organismo faculta a su Presidencia para que suscriba los convenios de cooperación con dichas entidades, con el fin de acordar la forma de realizar la comunicación legal.
Para el efecto, la CSJ designó al Director del Centro de informática y Telecomunicaciones del Organismo Judicial (OJ), para que diseñe los sistemas que permitan remitir a dichas instituciones las comunicaciones necesarias.
Para garantizar la seguridad e inalterabilidad del contenido del trámite, se ordena que los documentos o correos electrónicos que sean enviados, consten con la firma electrónica del juez que libre las órdenes, así como la firma electrónica institucional del OJ.
De la misma forma el Poder Judicial estableció que deberá dejarse una constancia por escrito de todo documento enviado y adjuntarse dentro del expediente.