El diseño del Presupuesto de ingresos y egresos del Estado para cada ejercicio fiscal corresponde a las instituciones públicas de forma separada, pero no es hasta que el Ministerio de Finanzas Públicas integra cada aporte hecho por las oficinas del Estado, por intermedio de la todopoderosa Dirección Técnica de Presupuesto, que en realidad esta normativa toma coherencia, y es trasladada para su aprobación al Congreso de la República, en donde otra serie de actores, políticos esta vez, deciden sobre la forma en que los gobernantes ejecutarán los recursos financieros asignados.
Este mecanismo, establecido parcialmente por la Constitución Política de la República, ha probado de ser ineficiente, por lo menos en cuanto a la asignación que se tiene de ciertos servicios públicos cuyo monto anualmente raquítico, evita que se pueda alcanzar buenos resultados, especialmente aquellos vinculados a temas álgidos como la justicia, la salud, educación, medio ambiente o la seguridad, para enumerar solo unos cuantos. Estos aspectos, trascendentales dentro de la vida de cualquier país, casi siempre tienen una ausencia de políticas públicas coherentes con las necesidades de la población, y cuando en efecto si cuentan con ellas, les falta ese elemento tan importante: recursos para implementarlas. ¿Por qué no se pensó en alguna reforma constitucional sobre esta materia?
En la administración pública, como en cualquier otro ente, la planificación se convierte en uno de los aspectos más importantes, pero en el sistema de aplicación del presupuesto, obliga a que desde mayo o junio de cada año, las instituciones inicien el proceso de proyección presupuestaria para el año inmediato siguiente, y así poder entregarlo en julio y agosto a la DTP, y ésta a su vez, luego de integrar el documento y hacerles los aportes y reducciones correspondientes, (casi siempre con criterios políticos), lo traslada al Congreso, organismo que inicia su discusión por medio de la Comisión de Finanzas y Moneda, para someterlo al Pleno y lograr su aprobación antes del 30 de noviembre de cada año.
Estos procedimientos finales quedan a discreción de unos cuantos funcionarios públicos, quienes tienen todo el poder político para lograr una aprobación de rubros estratégicos para el Estado, o para los fines propios de ellos mismos. Este año, el procedimiento está siendo cuestionado por algunas organizaciones sociales, especialmente en cuanto a permitir a la población (organismos técnicos y conocedores del tema), para que se pronuncien de la forma en que el Presupuesto ha sido diseñado, e incidir positivamente en cuanto a la distribución de los rubros en cada dependencia. Esta acción, se propone de la misma forma en que el Congreso otorga el sistema de audiencias públicas, que ha logrado dotar de cierta transparencia a los legisladores, pues permite escuchar de viva voz a distintas organizaciones, pronunciarse sobre las normas previo a convertirse en ley. De la misma forma debiera la Comisión Legislativa correspondiente, abrir en un período muy corto de tiempo y con un mecanismo técnico, no político, lograr que existan aportes con sustento efectivo, mismos que no tienen la fuerza de convertirse en obligatorios, pero con algo de apertura, pueden inclusive mejorar técnicamente el documento, antes de ser aprobado. Esa acción haría la estrategia participativa, inclusiva y transparente.
Solo permitiendo la participación y lograr tener una ciudadanía informada, la gestión pública puede tener una verdadera y efectiva auditoría social, misma que se espera alcance a lograr transformar y mejorar los criterios de los legisladores en cuanto a esta herramienta tan importante para el país.