El caso que se lleva a cabo por investigaciones en relación a Tiendas Libres de Guatemala, S. A., que opera una tienda libre en el Aeropuerto Internacional La Aurora bajo el nombre La Riviera, autorizada por la Superintendencia de Administración Tributaria presidida por Rudy Villeda, avanza en el Ministerio Público (MP).
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La diligencia está a cargo de la Fiscalía de Delitos Económicos Coactivos, que cuenta con documentos que la SAT ha facilitado a solicitud del MP.
La resolución que permitió la existencia de La Riviera (SAT-S-733-2008) fue publicada en el diario oficial el 27 de octubre de 2008, donde se le autorizó para operar como tienda libre (Duty Free Shop, en inglés) rubricada por el entonces jefe de la SAT, Rudy Villeda.
Sin embargo, la Secretaría General de la SAT, cuatro días después, el 31 de octubre, emitió opinión jurídica (OJ-SAT-SG-138-2008) en la que consignó que el hecho de autorizar una tienda libre significaba exoneración de impuestos que solo el Congreso de la República de Guatemala está facultado a realizar, según la Constitución, por lo que el tema estaba fuera de la competencia de la entidad recaudadora.
DILIGENCIAS
La citada fiscalía cuenta con documentos que podrían probar la ilegalidad cometida en cuanto a la autorización de operaciones de La Riviera, entre estos un memorándum (M-SAT-IA-002-2009) de fecha 2 de enero de 2009, del Intendente de Aduanas, Raúl Díaz, para el secretario general, Jorge Andrino, donde Díaz solicita opinión jurídica sobre la procedencia de emisión de reglamentación para el caso específico de La Riviera, es decir, sobre la resolución SAT-S-733-2008.
Sin embargo, Andrino responde al Intendente de Aduanas, mediante el documento M-SAT-SG-007-2009, que efectivamente ya existe una opinión jurídica por parte de su Secretaría, la OJ-SAT-SG-138-2008, en la que se “manifestó que no es procedente la autorización para operar como tienda libre a la entidad solicitante”, es decir, Tiendas Libres de Guatemala, S. A.
No obstante, aunque la opinión jurídica adversaba la autorización de La Riviera, el 15 de enero de 2009, la Intendencia de Aduanas de la SAT, a solicitud de la Presidenta del Consejo de Administración y representante legal de Tiendas Libres de Guatemala, S. A., Lucía Tourzard, emitió la resolución 2009-04-01-000507, en la que autorizó el inicio de operaciones de La Riviera como depósito aduanero.
Además, le sería entregado el normativo para el procedimiento de ingreso y egreso de mercancías bajo el régimen de reexportación.
Por aparte, el MP ya cuenta con documentos que respaldan que la Asociación Pro Derechos del Contribuyente (Asprodeco) solicitó información a la Unidad de Información Pública de la SAT, sobre la reglamentación existente que ampare la existencia de la autorización a La Riviera.
Las diligencias más recientes de la Fiscalía de Delitos Económicos Coactivos del MP, del mes de agosto de este año, dan cuenta que, efectivamente, entre las operaciones de La Riviera, “las ventas efectuadas a los pasajeros que salen del territorio aduanero, son amparadas con declaraciones de mercancías de reexportación bajo la clave de régimen DR (Reexportación del régimen de Depósito de Aduanas), y con las mismas declaraciones aduaneras se comprueban los descargos de las mercancías llegadas al depósito aduanero y que fueron emitidas al exterior, dichas operaciones no generan Impuesto al Valor Agregado”.
Asprodeco afirma que La Riviera ha defraudado al Estado de Guatemala por unos Q150 millones y las acciones de inconstitucionalidad presentadas para este caso, no han impedido que esa tienda libre deje de operar como tal.