Entró caballo y puede salir camello


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El jueves 23 de agosto en horas de la tarde, cuando estaba a punto de concluir la plenaria legislativa, se obtuvieron las 8 firmas mínimas (diputados José Echevarría, Alicia Dolores Beltrán, Mario Taracena, Virna López, Carlos Mejía, Jorge Mario Barrios, Roberto Alejos y Carlos López) para que la iniciativa de reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, se convirtiera en Dictamen y luego su posterior ingreso a la corriente legislativa para sufrir los tres debates reglamentarios, y finalmente la consulta obligada a la Corte de Constitucionalidad por ser una ley de ese orden.

Julio Donis


Se cumplía así, una fase importante del proceso de deliberación de la reforma de ese instrumento normativo que empezara en el mes de mayo con una consulta y diálogo con la sociedad civil para tratar de modernizar ese instrumento normativo. Dicho proyecto se construyó, pues, sobre la base de las propuestas de sociedad civil, de los partidos políticos, del empresariado y del propio Tribunal Supremo Electoral; en su conjunto es integral y de profundo calado, aunque también tiene ideas tibias o temerosas. Tanto la cal como la arena son responsabilidad de los que son sujeto y objeto al mismo tiempo de esta Ley. De manera concreta las principales proposiciones se resumen así: 1) Dimensión institucional partidaria. Aumento a 0.50% del padrón el mínimo de afiliados que debe tener un partido político. (aprox. 35 mil afiliados). Incremento de la presencia territorial de los partidos en al menos dos terceras partes de los departamentos y en más de la mitad de los municipios de esos departamentos. Se establece que para contratación de medios de comunicación, los partidos deben hacerlo por medio del TSE exclusivamente. Aumento a US$ 5 por voto el financiamiento público, el cual se descentraliza con una fórmula que adjudica la mitad a la sede nacional y la otra a las sedes departamentales y municipales. Esos recursos deben orientarse en un tercio a capacitación y formación de afiliados. 2) Sobre el Tribunal Supremo Electoral, se duplica su presupuesto general; se establece la Dirección Electoral como ente técnico y logístico del proceso electoral. Se reforma la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad para darle al TSE la potestad de conocer en primera instancia los amparos contra los partidos políticos  y que la Corte de Constitucionalidad conozca en única instancia los amparos en materia electoral. 3) Sobre el proceso electoral, se instituye el voto en el extranjero; se norma la consulta popular hacienda vinculante, se castiga el acarreo de votantes y se rediseña el cronograma electoral, la campaña se reduce a noventa días y la fecha del día de la elección caerá en la primera o segunda semana de octubre. 4) Sobre el Congreso, se fija en 160, cada distrito debe contar como mínimo con dos representantes y se establece que con cada censo de población, el TSE revisará el número de diputaciones de cada distrito, siempre observando que el total de diputados no puede incrementar. Finalmente se establece que las listas de postulación deben tener la misma proporción numérica y en forma intercalada a mujeres y hombres.  En los distritos y circunscripciones cuya composición étnica sea mayoritariamente indígena, no menos de un 50% de sus candidatos deberán ser personas de estas etnias. El camino de la aprobación de esta propuesta será largo y complejo, las reformas constitucionales también están servidas en la mesa legislativa con un previsto apoyo y campaña incluida del Gobierno y bancada oficial, sin embargo el sistema político ha tocado fondo y da muestras de colapso, la política está privatizada y se impone la relación clientelar como forma que ha suplantado la vida institucional. Esperemos que habiendo entrado un caballo no salga un camello.