Los vacíos del proceso electoral son los retos de una reforma al marco legal que rige el sistema electoral y de partidos políticos, porque es justamente en una elección donde se ponen a prueba tanto instituciones políticas como procedimientos y aplicación de normas. Elección, reforma, elección y reforma nuevamente, es un compás que poco a poco debería marcar el ritmo armónico de la institucionalización democrática, como un metrónomo que marque la cadencia necesaria, hasta ajustar las contradicciones del sistema.
Desde 1985 a la fecha, la institucionalidad democrática del Estado de Guatemala ha estado sustentada en instrumentos normativos que marcaron con la visión restringida de sus autores responsables, el desarrollo de la democracia igual de limitada; de esa data, la Constitución de la República y la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) han sido columnas del sistema político durante estos 27 años de democracia. Siete eventos electorales generales son la prueba de una contradicción que no es solo de estas latitudes, pero que en estas tierras se hace parabólica; los guatemaltecos votan con altos y crecientes niveles de participación pero al mismo tiempo exponen signos de rechazo y desconfianza a sus instituciones, especialmente a los partidos políticos, es más, hay más identificación con un sistema autoritario que uno democrático, según estudios de opinión especializados en la cultura política de los guatemaltecos. Muchas de las razones por supuesto yacen en un pasado que no ha sido resuelto en el presente, embargando todo futuro posible. Sin embargo, en lo que respecta a las reglas del juego inscritas en el andamiaje jurídico de las leyes como instrumentos normativos perfectibles se ven en la necesidad de modernizarse para atender los cambios propios de la sociedad y la política guatemalteca. Naturalmente que no son las leyes ni sus reformas las que resolverán los dilemas o problemas que tienen causas profundas, como lograr, por ejemplo, que la democracia sea incluyente y participativa para segmentos de la población que son, además, mayorías. Asumir aquello sería poner adelante la carreta de los bueyes y más sobre la circunstancia que una ley como la electoral y de partidos políticos tiene como objeto y sujeto de la misma a sus responsables únicos de poder cambiarla. El espíritu de los instrumentos normativos solo expresan y reflejan las limitaciones o los alcances de su liderazgo y por lo tanto también son fiel manifestación del sentido de colectividad o corporativo del mismo. En este marco, del menú de demandas y urgencias que deben ser ajustadas en el sistema electoral y partidario, resalta la que se puede considerar como el corazón de dichos cambios. Una transformación al régimen de financiamiento político podría desencadenar procesos de fortalecimiento institucional y autonomía de tal magnitud que sola esta reforma abriría los márgenes de la democracia procedimental y luego sería la base para profundizar la misma en la práctica de los ciudadanos. La fórmula debería incluir la preeminencia pública y sustanciosa del financiamiento sobre el dinero privado; además, debería contener una diferenciación explícita del uso y destino de dichos recursos del Estado, es decir, dinero para campaña separado de dinero para la formación política. En este caso quedaría muy bien que parte del financiamiento no fuera dinerario sino a través del otorgamiento de espacios regulados y tazados en los medios de comunicación, tarea que tendría que asumir el Tribunal Supremo Electoral. Finalmente, el último ingrediente de esta fórmula es la fiscalización, puesto que más dinero sin control no funcionaría. Esto implicaría el fortalecimiento a la capacidad jurisdiccional del máximo órgano electoral para que haga honor a la letra S de su nombre. Sin corazón que irrigue el sistema político, el cuerpo corre el de anomia.