¿Y si el pueblo se resistiese?


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Los portales de la Internet de los entes públicos tienen el propósito de “acercar” al usuario, al ciudadano o al vecino de la entidad que se trate. Se asume que este acercamiento es para hacer accesible la información que se requiera. He de confesar mi incapacidad por localizar rápidamente la fuente de ingresos de la Municipalidad de Guatemala. Pero, en conversaciones casuales, me enteré de que esta comuna y otras más, aún siguen cobrando por “emitir” licencias de construcción. Dicho cobro es ilegal.

Walter Guillermo del Cid Ramírez
wdelcid@yahoo.com


Me explico. El Código Municipal se encuentra contenido en el Decreto Número 12-2002. En el Título VI de este cuerpo normativo se regula todo lo relativo a la “Hacienda Municipal”. Consta de cuatro capítulos. Pues bien, por ahora, me detendré en el primero de ellos, pero más concretamente en el artículo 100. En este se consigna la totalidad de los ingresos del municipio. El artículo 100, por intención o por omisión, fue modificado mediante el artículo 29 contenido a su vez en el Decreto Número 22-2010, del 22 de junio de 2010. Antes de ello, en la literal q), en efecto estaba consignado el siguiente texto: “El ingreso proveniente de las licencias para construcción, modificación o demolición de obras civiles”. Con la reforma aprobada por el Congreso de la República hace poco más de dos años, esta misma literal quedó de la siguiente manera: “El precio de la venta de bienes inmuebles”. O sea, dicho de otra manera: cualquier cobro municipal que se haya aplicado al vecino, a partir del 22 de junio de 2010 por este concepto, es nulo de pleno derecho y su nulidad se extiende a la totalidad de municipios que conforman el país.

Estamos padeciendo demasiada anarquía en muchos frentes. La conducta de algunos diputados al Congreso de la República es la que mediáticamente más ha señalado. Pero no es posible que los vecinos continúen siendo esquilmados en su capacidad de pago, mediante la aplicación de cobros que carecen de legalidad. Pareciera, con tanto letargo en el cumplimiento del ejercicio de las funciones públicas que la clase política en su conjunto y ciertos personajes públicos en particular, se están empeñando por orillar a una resistencia del pueblo. Una resistencia de esta naturaleza tiene su asidero en la propia Constitución Política de la República, cuando se consigna en su artículo 45 tal posibilidad, indicando que es legítima la resistencia del pueblo para la protección y garantía de los derechos consignados en la Constitución Política.

Ha llegado el momento de tomar conciencia que nuestra labor como ciudadanos no ha de caer en las terribles anomias que se le atribuyen al desempeño público. La municipalidad, su administración y el uso de sus recursos no son privativos. Ciertas municipalidades han hecho del manejo de sus recursos algo privado. Eso está totalmente alejado del régimen de legalidad prevaleciente. Es más en el Código Municipal en el artículo 135 se consigna la posibilidad de ejercitar por parte de la ciudadanía su derecho a aplicar auditorías sociales y para ello cada administración (municipal) ha de disponer las facilidades informativas para tal fin. No es posible, por ejemplo, que en el municipio más importante (por población, por cantidad y tipo de servicios, por hacinamiento poblacional, por muchas razones), sea en el que más ocultamente se manejen los recursos municipales. Sea en este municipio precisamente en el que más cuesta localizar información relativa al manejo de su erario. Un erario que los funcionarios y empleados municipales manejan, pero que NO ES DE ELLOS.

La problemática nacional tiene muchas aristas. Esta es una más de las complejidades que debiéramos abordar con total preocupación y amplia participación ciudadana. No es dable que se sigan gestando acciones que por inadvertidas no quiere decir que sean legalmente sustentadas. Este es el tiempo en el que no puede ocultarse el manejo de las instituciones públicas y siendo la administración municipal la más directamente relacionada con la población, con los vecinos, con sus usuarios, es totalmente deplorable que se manejen con tanta arbitrariedad los asuntos municipales. El señor Alcalde Municipal tendría que responder adecuadamente sobre su desempeño, pero también lo tendrían que hacer los otros integrantes de este concejo municipal. Y no son los únicos funcionarios ediles que tienen la obligación de rendir cuentas. ¿Estarán esperando una resistencia del pueblo ante esta extrema contumacia en el manejo de lo público que ha prevalecido en las últimas décadas?