Derecho de Respuesta


Señor
Marco Tulio Trejo
Columnista Diario La Hora
Presente.

Lic. Miguel Roberto Balsells López.


Estimado Señor Trejo:
Me dirijo a usted, en calidad de Abogado de la entidad, Lindove, Sociedad Anónima y de la señora Linda Maribel Zelaya Vides, para argumentar y aclarar acerca de la publicación de su columna de fecha 2 de junio de 2012, página 12 del respetable Diario La Hora, con el título «En la finca Chacra y San Bartolo, Sac., hay problemas espinosos que afectan a los pobladores» Haciendo referencia de detalles y expedientes judiciales y administrativos a lo que usted argumenta y da por cierto en su columna específicamente cuando se hace alusión «en el caso de San Bartolo Becerra y lo que el diario Proceso de la Antigua Guatemala publicó en alguna oportunidad.
Efectivamente la entidad Lindove Sociedad Anónima es propietaria de un inmueble ubicado en San Bartolo Becerra, en el cual la entidad propietaria ha establecido el negocio de arrendar un espacio abierto para eventos de carácter social, como lo son bodas, primeras comuniones y bautizos, de carácter cultural, tales como exposiciones y exhibiciones, y algunos eventos estudiantiles de universidades privadas. De todos sin excepción, los eventos de los cuales se amerita permisos, se han tramitado y conseguido oportunamente por los organizadores de los eventos para realizarlos bajo el amparo de la ley. Quiero aclarar que no existe ningún establecimiento permanente en ese lugar en donde se venda «licor», ni es un centro nocturno, ni restaurante; es únicamente un lugar exclusivamente destinado para «eventos», al aire libre. Lindove, S.A. cuenta con el permiso respectivo, el cual le da derecho a realizar este tipo de actividades.
Queda al margen de la entidad propietaria, al momento de realizarse algún tipo de evento, que sus organizadores, consigan los permisos correspondientes a la instalación de sonido y que cumplan con los reglamentos en tema ambiental, y de la venta de licor o su distribución dentro del mismo evento. Un vecino, del cual por respeto al acuerdo de conciliación que está vigente ante el juzgado de Paz Penal de Antigua Sacatepéquez, omito su nombre y apellido, interpuso una denuncia ante dicha autoridad, argumentando lo referente al ruido de los equipos de sonido que se instalaban en los eventos, que eventualmente (valga la redundancia) se realizan en dicho lugar. Nunca se aportó prueba de todos los detalles que usted alude en su columna, y lo que refiere el diario local Proceso.
Hago de su conocimiento y adjunto encontrará audio de la audiencia ante el honorable Juez de Paz Penal de La Antigua Sacatepéquez, de fecha 8 de mayo de 2012, en la cual concilio mi representada Lindove, S.A., la señora Linda Maribel Zelaya Vides, con el vecino denunciante, y los representantes del Consejo Comunitario (Cocode) del Barrio del Espíritu Santo de La Antigua Guatemala, en compañía del abogado que usted refiere en su columna. Básicamente en esta audiencia se llegó al acuerdo de que la entidad LINDOVE, S.A, terminara ante la autoridad administrativa competente de tramitar su expediente ambiental que amerita este tipo de negocio allí establecido, y se cumpla debidamente con los reglamentos respectivos; mientras esto sucede, se suspendieron algunas actividades de alta afluencia durante el tiempo que lleven estas autorizaciones. Este fue un acuerdo entre las partes involucradas, ante la presencia de reporteros del medio de comunicación Proceso. Me parece irresponsable que luego de haber conciliado las diferencias ante una autoridad judicial y que se encuentra en trámite un proceso administrativo para normar y regular el funcionamiento del negocio de mi representada, usted en su columna haya hecho referencia en carácter de denuncia lo que ya está esclarecido y conciliado ante la autoridad. Se vuelve a reiterar que en dicho lugar no opera ningún centro nocturno, ni establecimiento de venta de licores, y que las actividades son dentro del margen de la ley; que se conciliaron oportunamente algunos aspectos con los vecinos del lugar de la forma a la que ya hice referencia.
Finalmente, quiero mencionar que todas las pruebas presentadas por el denunciante en la referida denuncia no fueron admitidas, ni valoradas, esto quiere decir que NO HUBO PRUEBA que sustentara los hechos denunciados; finalmente se desistió de la misma y quedó archivada.
Atentamente,
Lic. Miguel Roberto Balsells López.
Col. 6633