Quizá ésta sea la última columna que publico sobre el tema referente a que a jubilados y pensionados se les incluya como sujetos al Impuesto Sobre la Renta, ya sea porque la mayoría de los diputados enmienden el próximo miércoles –como se ha rumoreado– el artículo 70 de la Ley de Actualización Tributaria, o porque los adultos mayores organizados en asociaciones continúen indiferentes ante un acto legislativo que les perjudica.
Unos tres o cuatro colegas han abordado este caso y dos organizaciones de prensa, la APG y el Instituto de Previsión Social del Periodista, han planteado sus argumentos para modificar esa norma de la ley citada, a fin de que explícita y categóricamente se exprese que los ancianos que disfrutan de modestas pensiones o jubilaciones estén exentos de ese tributo, y en apoyo al diputado Carlos Barreda, quien es el ponente de la reforma a esa ley antes de que entre en vigencia.
Como ya lo indiqué con anterioridad, uno de los viceministros de Finanzas arguye que tácitamente los jubilados y pensionados no están contemplados como sujetos tributarios, y que en todo caso, estarían exonerados al emitirse el reglamento respectivo, a sabiendas que un instrumento legal de esta categoría fácilmente podría ser reformado en el futuro.
Con el respeto que merecen los diputados en su calidad de seres penantes –salvo excepciones de la regla–, los invito a que lean la columna que publicó en este mismo diario el pasado lunes el abogado René Arturo Villegas Lara, quien no es un leguleyo bajado del tapanco, al exponer con bases jurídicamente sólidas e irrefutables, las razones lógicas y constitucionales por las cuales jubilados y pensionados no deben ser incluidos en la Ley de Actualización Tributaria.
Como tengo la impresión de que una buena porción de legisladores desconocen los atributos intelectuales del ocasional columnista de La Hora, y a lo mejor algunos congresistas que son abogados ni siquiera han oído mencionar su nombre, les informo que Villegas Lara ostenta el grado de doctor en Derecho, fue catedrático durante décadas en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Usac, director de estudios de posgrado en Derecho, tratadista en la disciplina que domina, a lo que suma su calidad moral y ética, porque habiendo sido elegido magistrado de la Corte Suprema de Justicia hace alrededor de cuatro lustros –y no por favoritismos políticos, que conste– renunció al cargo cuando se lanzaron señalamientos nada honrosos contra la CSJ de esa época, y no porque se sintiera aludido sino que dimitió por decoro y dignidad.
A los parlamentarios les conviene leer la columna de este jurisconsulto para no cometer otro garrafal error legislativo violatorio a normas constitucionales, básicamente en lo que atañe a vulnerar derechos humanos y sociales y en lo que respecta a que En la creación de tributos se debe observar la equidad y la justicia y ser expresa en cuanto al hecho generador, como lo advierte el doctor Villegas Lara.
(El anciano Romualdo Tishudo les recuerda a los diputados esta frase de autor que no conoce:-Se cree en la sangre que corre y se duda de las lágrimas que caen).