La jueza Carol Patricia Flores rechazó la fila de recursos presentados por la defensa de Ríos Montt; el general retirado conocerá si queda ligado a un segundo proceso y enviado a juicio y a prisión preventiva o si es absuelto por el caso de la masacre ocurrida en el parcelamiento las Dos Erres, Petén.
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A la hora del cierre de esta edición, aún no había concluido la audiencia.
La imputación del Ministerio Público (MP) de 201 crímenes cometidos en la comunidad de las Dos Erres, la Libertad, Petén, en 1982, dio pie a una audiencia de primera declaración en contra del general retirado José Efraín Ríos Montt; no obstante, la defensa del acusado presentó una serie de recursos legales para frenar la acción de la juzgadora Carol Patricia Flores, los cuales fueron rechazados y queda conocer si enfrentará un segundo proceso, distinto al de genocidio.
En esta diligencia, los abogados defensores de Ríos Montt también solicitaron que se le aplicara la Ley de Reconciliación Nacional; sin embargo el MP y la entidad querellante, Asociación Justicia y Reconciliación (AJR), solicitaron se declarara sin lugar el incidente planteado.
“Tanto la Corte de Constitucionalidad como la Corte Suprema de Justicia han manifestado que no es posible la aplicación de esa ley; es por eso que no existe duda de la competencia” indicó el fiscal.
Con la aplicación de la citada ley se buscaba que a Ríos Montt se le extinguiera la responsabilidad penal. No obstante, los acusadores hacían referencia, que por sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien condenó al país por dicha masacre, “no es posible alegar al derecho interno para obviar las responsabilidades internacionales”.
Édgar Pérez, abogado de AJR, señaló que el otrora jefe de Estado efectivamente tiene responsabilidad penal en el caso, porque “la fuerza élite que ingresó a la comunidad estaba bajo la orden y supervisión del alto mando del Ejército, en ese entonces, es decir, de Ríos Montt”.
Pérez hizo referencia que los hechos ocurridos fueron ejecutados por políticas de Estado contrainsurgentes, pero que fueron cometidos contra población que no estaba armada, ni con intenciones de provocar alguna lesión a los elementos del Estado.
SENTENCIA DE LA CIDH
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Guatemala en el caso de la Masacre de las Dos Erres, el 17 de diciembre de 2009, sentencia que fue notificada a FAMDEGUA y AJR, representantes de las víctimas y sus familiares.
ORGANIZACIONES PRESENTES
Mientras que los sujetos procesales debatían, familiares de las víctimas y campesinos se hicieron presentes, llenando la sala de audiencias. Frente a la Torre de Tribunales, la organización de derechos humanos, Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua), montó una exposición de fotografías y mantas referentes a la masacre de 1982, en la comunidad las Dos Erres.
CONDENADOS A MÁS DE SEIS MIL AÑOS
La masacre ocurrió el 07 de diciembre de 1982, y por este caso cuatro exkaibiles fueron encontrados culpables y condenados a 6,060 años de prisión.
Las sentencias dictadas fueron en contra de Manuel Pop, Reyes Collín Guallip, Daniel Martínez Hernández por 6,060 años tras las rejas y 6,066 años al jefe de las patrullas Carlos Carías.