Se dictó sentencia por extinción de dominio y pasan a favor del Estado Q440 mil y una camioneta agrícola; es la primera vez que se extingue un bien que no sea dinero. Además, se espera extinguir la tercera sentencia más grande, sobre $999 mil 960.
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Esta mañana, el juzgado de Extinción de Dominio dictó sentencia dentro del proceso 985, dentro del cual el Ministerio Público (MP) solicitó la extinción de los bienes consistentes en Q440 mil y un vehículo tipo camioneta agrícola, marca Hyundai, modelo 2007, de la línea Terracan.
De acuerdo con el juez titular, Marco Antonio Villeda, dichos bienes fueron encontrados el 18 de septiembre de 2010, tres días después de ocurrida la balacera en el Centro Comercial Tikal Futura, en el operativo que montaron las autoridades para capturar al supuesto narcotraficante Mauro Salomón Ramírez.
Villeda explicó que, posterior a estos incidentes, el vehículo quedó abandonado en el parqueo del centro comercial, sin que nadie se presentara a reclamarlo; debido a esto, la Policía procedió a abrirlo y encontró, en una caleta del automóvil, el dinero mencionado, además de una factura a nombre de Mauro Salomón Ramírez.
En razón a esto, se llevó a cabo el proceso de extinción de dominio. De acuerdo con Villeda, se han encontrado indicios suficientes que ligan los bienes a la figura de Ramírez.
“De acuerdo con las pruebas, el dinero y la camioneta incautados pueden tener una procedencia ilícita, y de acuerdo con la ley, se establece que para valorar la prueba tenemos que atenernos al principio de balanza de probabilidades; por lo tanto se manifestó que el dinero proviene de actividades ilícitas” sostuvo Villeda.
El jurista explica que a partir de hoy, estos bienes pasan a favor del Estado.
TERCERA SENTENCIA MÁS GRANDE
Por otra parte, en casos diferentes, el juzgado busca extinguir su tercera sentencia más grande, por $999 mil 960. Villeda señala que este dinero es considerado como un bien abandonado.
Según el expediente, este dinero fue incautado por la Fiscalía de Lavado de dinero y otros activos, el 28 de abril del 2010, en las instalaciones de una empresa de courier.
Los bienes supuestamente eran remitidos por el señor Carlos González (único nombre y apellido) al señor Manuel Jativa, con dirección de entrega en Quito, Ecuador. Este dinero estaba almacenado en tres cajas, y, según Villeda, se incautó porque dicha cantidad no puede ser enviada, sin antes ser declarada.
No obstante, cuando el MP hizo la investigación de quién era el remitente del bien, se establece que en los registros del Tribunal Supremo Electoral (TSE) hay un total de 23 personas con el nombre de Carlos González, lo que según el juez, hace casi imposible el poder individualizar en forma correcta a la persona que remitía el dinero.
“En tal razón, el MP solicitó la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley de Extinción de Dominio (LED), que establece que en caso de que existan bienes abandonados puede procederse a la extinción” dijo Villeda.
Además refirió que ayer se publicó el último edicto en el diario oficial, para convocar al señor Carlos González, “quien quiera que sea”, para que en un plazo de ocho días pueda ejercer y comprobar el derecho que le corresponda sobre ese dinero, de lo contrario pasará también a ser propiedad del Estado.